A QUIEN PUEDA INTERESAR

A QUIEN PUEDA INTERESAR
.Ildemaro German Cardozo Gutiérrez

miércoles, 31 de diciembre de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

NOSOTROS QUIENES ESCRIBIMOS EN ESTE BLOG QUEREMOS EXPRESARLES A TODO EL PUEBLO VENEZOLANO Y EN ESPECIAL A TODA LA CLASE TRABAJADORA UN FELIZ Y PRODUCTIVO AÑO NUEVO 2009.

jueves, 18 de diciembre de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR.




SIMON BOLIVAR DEMOCRATA, REPUBLICANO Y LO QUE PENSABA DE LA CONTINUIDAD DE LOS GOBIERNOS.


El pensamiento político de Simón Bolívar, la ideología bolivariana, el alma de su acción, es profunda y definitivamente democrática. Solamente la democracia se compagina y corresponde con un solido propósito emancipación política, igualdad social, justicia económica, unidad americana, conciencia histórica y perfección moral. Cualquier otra formula es incompatible con el pensamiento y línea mental de Bolívar y con la proyección de su esfuerzo en todos los ordenes de lo social. Las diversas definiciones de la democracia coinciden que se trata de un “gobierno Republicano y Popular, decidido por la intervención de la mayoría políticamente apta” y es precisamente este fundamento teórico político el que caracteriza a todos los gobiernos planificados por Bolívar. La idea de Bolívar es anterior a la de Lincoln “GOBIERNO DEL PUEBLO, POR EL PUEBLO PARA EL PUEBLO”, la propia noción de pueblo gana en Bolívar una noción mas elevada, a veces tergiversada, donde, el concepto de igualdad es concebido como una igualdad de derechos a disfrutar de los bienes, reconociendo y respetando siempre las diferencias individuales. En el discurso de Angostura expreso: “QUE LOS HOMBRES NACEN TODOS CON DERECHOS IGUALES A LOS BIENES DE LA SOCIEDAD”, pero también reconoce las diferencias que existen entre cada individuo. La igualdad es concebida como una igualdad política para disfrutar los bienes y derechos sociales. “No todos los hombres nacen igualmente aptos a la obtención de todos los rangos, pues todos deben practicar las virtudes y no todos las practican, todos deben ser valerosos y no todos lo son, todos deben poseer talentos y no todos los tienen. De aquí viene la distinción efectiva que se observa entre los individuos de la sociedad mas libremente establecida”. Si el principio de igualdad política es reconocido, no lo es menos el de la desigualdad física y moral. “La naturaleza hace a los hombres desiguales en genio, temperamento, fuerzas y caracteres”. Las leyes corrigen estas diferencias porque colocan al individuo en la sociedad para que la educación, la industria, las artes, los servicios, las virtudes le den la igualdad política y social. Bolívar, sabia que la transición de un régimen esclavista a una democracia cabal debía lidiar con el desconocimiento de los organismos representativos y el atraso político. Este reconocimiento no mermo ni desvirtuó la calidad sinceramente democrática de su pensamiento que aspiraba llevar al plano de la perfección. El ejercicio de la soberanía corresponde a ciudadanos aptos siendo el “saber y honradez, no el dinero, lo que se requiere para el ejercicio del poder publico”, a su juicio “un hombre sin instrucción no es precisamente un ciudadano” la aclamación libre de sus conciudadanos, única fuente legitima de todo poder humano”. Un rasgo formal del poder democrático que Bolívar sigue al igual que Aristóteles, Montesquieu y Locke, es la división de los poderes “El poder debe ser dividido” Propone un gobierno orgánico, efectivo con diversos órganos entre los que exista un equilibrio que sirva de freno mutuo y garantía común. El gobierno concebido por Bolívar es un gobierno democrático, republicano, popular, efectivo, sencillo, moderadamente fuerte, capaz de sobreponerse a la anarquía y a la tiranía. Un gobierno con inspiración civil, regido por verdaderos hombres de estado, civiles, patriotas, respetuosos de la institución armada a cuyo progreso propenderán en la medida de las necesidades de la República. Su ideal es una patria donde los militares, consecuentes con la historia, cumplan la elevada tarea de su lealtad a la virtud y al derecho, lealtad a la República y al porvenir. Para Bolívar eran incompatibles las funciones ejecutivas y legislativas. La posibilidad de que una misma persona pueda ser juez y parte va contra la ética política. No puede un mismo sujeto servir en funciones distintas aunque sea para una misma finalidad; publica. En cuanto a la necesidad de tener un senado o Asamblea diversa y plural dice: “YA ES UN PRINCIPIO RECIBIDO EN LA POLITICA QUE TAN TIRANO ES EL GOBIERNO DEMOCRATICO ABSOLUTO COMO UN DESPOTA, SOLO UN GOBIERNO TEMPERADO PUEDE SER LIBRE”. Un aspecto fundamental de la Democracia Bolivariana es la alternabilidad en el ejercicio del poder. De manera que no pueden considerarse ni llamarse bolivarianos quienes auspician y promueven la reelección continuada indefinida y el mantenimiento de un mismo individuo en el poder por varias décadas. Una breve demostración de esto son los elocuentes pensamientos extraídos de los discursos de libertador. “La continuación de la autoridad en un mismo individuo frecuentemente ha sido el termino de los gobiernos democráticos”. “Las repetidas elecciones son esenciales en los sistemas populares porque nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo a un mismo ciudadano en el poder el pueblo se acostumbra a obedecerle y el se acostumbra a mandarlo, de donde se origina la usurpación y la tiranía. Un justo celo es la Libertad Republicana y nuestros ciudadanos deben temer con sobrada justicia que el mismo magistrado que los a mandado mucho tiempo, les mande permanentemente” “Nadie sino la mayoría es soberana. Es un tirano el que se pone en el lugar del pueblo, y su potestad usurpación”. “Observareis muchos sistemas manejar hombres, mas todos para oprimirlos, y si la costumbre de mirar al genero humano conducido por pastores de pueblos, no disminuye el horror de tan chocante espectáculo, nos pasmaríamos al ver nuestra dócil especie pacer sobre la superficie del globo como viles rebaños destinados a alimentar a sus crueles conductores”. “Solo la Democracia, en mi concepto, es susceptible de una absoluta libertad; pero, ¿Cuál es el gobierno democrático que ha unido a un tiempo poder, prosperidad y permanencia?” “Los códigos, los sistemas, los estatutos, por sabios que sean, son obras muertas que poco influyen sobre las sociedades: ¡Hombres virtuosos, Hombres patriotas, Hombres ilustrados construyen Repúblicas”. “Sin Moral Republicana no puede haber gobierno libre”. “El que no esta con libertad puede contar con las cadenas del infortunio y con la desaprobación Universal”.
“Si los votos nacionales se han dignado llamarme de nuevo a la presidencia del estado, mi deber es someterme reverentemente a su soberanía, mas también es mi obligación resistir a la voluntad nacional cuando ella infringe los preceptos de su propia conciencia y viola sus propias leyes. El pueblo Colombiano ha ordenado que ningún ciudadano le, sirve a la presidencia del estado, más de ocho años. Yo he sido seis años jefe Supremo y ocho Presidente; mi reelección por tanto es una manifiesta ruptura de las leyes fundamentales.”
DILE NO A LA ENMIENDA.
Ildemaro G. Cardozo G.

sábado, 13 de diciembre de 2008

sábado, 25 de octubre de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR


NORMATIVA LABORAL DEL PERSONAL OBRERO UNIVERSITARIO.

Por fin se acordó la Contratación Colectiva de los trabajadores de la Universidades del país, a través del procedimiento previsto en el Capitulo V, Sección Primera de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), Reunión Normativa Laboral. Esta reunión fue instalada el 23 de mayo de 2008. Con el único propósito de negociar los derechos, obligaciones y beneficios del personal obrero universitario. Solicitud y proyecto presentado por la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de la Universidades de Venezuela (FENASTRAUV). En dicha negociación fueron agotados los 60 días, previstos en el articulo 548 de (LOT) para llegar a un posible acuerdo; y los 30 días de prorroga; mas 30 días adicionales de prorroga que establece el articulo 550 de (LOT) en total 120 días. Al fin el 23 de octubre de 2008 después de agotados todos los lapsos legales. Se llega al siguiente acuerdo: 30% de aumento general de salario, 235 de incremento mensual en la prima por hogar, e incremento en las primas por hijos y el reconocimiento del bono salud para los trabajadores jubilados y pensionados a partir del 01/01/2009 etc. estos incrementos no cubren actualmente la canasta alimentaria familiar que se ubica en 1.451,67 Bs fuertes, y este acuerdo es para tres años. Resuelto el conflicto entremos ahora analizar los posibles escenarios en los cuales se desarrollo esta negociación, vencidos todos los lapsos incluidas las prorrogas previstas en (LOT), para la organización sindical se le presentaron dos alternativas a) Someterse al arbitraje, de acuerdo con lo previsto en la sección cuarta del Capitulo III, articulo 549, y b) Declarar la huelga general indefinida de conformidad con el mismo Capitulo III del Titulo VII. La junta de arbitraje según el articulo 490 de (LOT) esta conformada por tres miembros uno de ellos será designado por los patronos de una terna presentada por los trabajadores en conflicto; otro será escogido por los trabajadores de una terna presentada por los patronos; y el tercero escogido en común acuerdo por el patrono y trabajadores; y en caso de no haber acuerdo entre las partes será nombrado por el Ministerio del Trabajo que en este caso seria otro representante del patrono (Estado-Gobierno) como se puede apreciar el procedimiento del arbitraje nunca se ha mostrado favorable al trabajador mucho menos en este caso que el Gobierno actúa como patrono y arbitro, la otra alternativa que la Ley da a los trabajadores es la prevista en la Sección Quinta articulo 494, el derecho a declarar la huelga general indefinida por no haber llegado a un acuerdo de forma conciliatoria. Este procedimiento es el mas efectivo para la solución pacifica del conflicto; pero con una masa de trabajadores convencidos y con la decisión mayoritaria de la dirigencia de FENASTRAUV, y lamentablemente no fue así; reconocimiento especial merecen los obreros afiliados a SOLUZ; quienes aprobaron en asamblea general con unidad, valentía y coraje acciones de calle en la que podemos destacar la realizada en el edificio del rectorado nuevo que tuvo transcendencia nacional y un efecto positivo; y hasta de ir a la huelga general indefinida si era necesario; y la mayoria de los miembros del comité ejecutivo de FENASTRAUV en ves de hacerles un reconocimiento a estos compañeros se lo hace publico a los verdugos, los Ministros de Educación Superior y del Trabajo agentes del Gobierno Nacional quienes mantuvieron las medidas retardativas para que vencieran todos los lapsos. El Sindicalismo es Libre, Autónomo, Independiente, Plural y Democrático. LA FUERZA ES LA UNIDAD. EL PARALELISMO ES ENTREGUISMO Y DIVISION.
Tenemos que lamentar profundamente y con mucha conciencia sindical, RECHAZAR a los falsos dirigentes que aparecen en el escenario publico universitario siempre que se plantea la lucha por la mejores reivindicaciones de los trabajadores con posiciones entreguistas y contrarias al interés colectivo, que solo persiguen confundir a la masa trabajadora con el propósito de favorecer los interese politiqueros propios y de una supuesta revolución que no cuenta con jóvenes y mucho menos con trabajadores a quienes se les atropella y se le desconocen SUS DERECHOS Y PROPISIAN EL DIVISIONISMO DEL MOVIMIENTO SINDICAL. Me refiero a una federación paralela y gobiernera, fetrauve y un sindicato sin AFILIADOS denominado sinutraluz quienes se confabularon con los Ministros del Poder Popular para la Educación Superior y del Trabajo para que no se reconociera el ajuste salarial del 43,34% a partir de Enero de 2008, calculado sobre el salario del mes de Diciembre de 2007. Y según el articulo 13 de la norma de homologación; y el Banco Central de Venezuela. Y por otra parte manifiestan el interés de entregarle la contratación del Seguro de Hospitalización Cirugía y Maternidad (HCM), al Ministro de Educación Superior y este sea administrado y centralizado desde la Capital de la República. Esto se debe considerar como una traición.
Por ultimo exhorto a las nuevas autoridades universitarias y los gremios para que reactiven el proyecto que en una oportunidad presento la facultad de Medicina en la gestión del decano Dr. Luis Guillermo Bravo; de un Hospital para los Universitarios y sus familiares. Desconozco las cantidades de bolívares fuertes que gastan en HCM, SMO; y el Servicio que se presta a los estudiantes; pero se que es mucho dinero y muy ineficiente. etc.

Ildemaro G Cardozo G.

jueves, 2 de octubre de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR


EL TRABAJADOR JUBILADO O PENSIONADO DEBE SER CONSIDERADO POR LA (LOT) COMO TRABAJADOR. Y CUANDO EXISTA UN SINDICATO NO SE DEBE CONSTITUIR OTRO.
Se puede negar a un trabajador jubilado o pensionado su derecho de afiliarse a una Organización Sindical, pensamos que no; por lo siguiente: el articulo 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; dice: los trabajadores y las trabajadoras sin distinción alguna y sin autorización previa tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley. En este mismo orden de ideas, el articulo 447 de la Ley Orgánica del Trabajo dispone; sobre la afiliación de un trabajador a un sindicato lo siguiente: no podrá negarse a un trabajador afiliarse a un sindicato, a un sindicato afiliarse a una federación o a una federación afiliarse a una confederación, si están cumplidos los requisitos de esta ley y de los respectivos estatutos. La afiliación deberá efectuarse dentro de un lapso de (15) días. Sin embargo el articulo: 39 lo excluye; Artículo 39. Se entiende por trabajador la persona natural que realiza una labor de cualquier clase, por cuenta ajena y bajo la dependencia de otra. La prestación de sus servicios debe ser, remunerada. Como ustedes pueden interpretar la propia ley del trabajo excluye al trabajador jubilado; y solo hace una discriminación entre el empleado y el obrero en los artículos que se mencionaremos a continuación; discriminación por cierto odiosa. En el Artículo 41. Se entiende por empleado el trabajador en cuya labor predomine el esfuerzo intelectual o no manual. El esfuerzo intelectual, para que un trabajador sea calificado de empleado, puede ser anterior al momento en que presta sus servicios y en este caso consistirá en estudios que haya tenido que realizar para poder prestar eficientemente su labor, sin que pueda considerarse como tal el entrenamiento especial o aprendizaje requerido para el trabajo manual calificado. Y en el Artículo 43. Se entiende por obrero el trabajador en cuya labor predomina el esfuerzo manual o material. Y en el Artículo 400. Tanto los trabajadores como los patronos tienen el derecho de asociarse libremente en sindicatos y éstos, a su vez, el de constituir federaciones y confederaciones. El Artículo 401. Señala nadie podrá ser obligado ni constreñido directa o indirectamente a formar parte o no de un sindicato. Los sindicatos tienen derecho a redactar sus propios estatutos y reglamentos y a elegir libremente a los integrantes de su junta directiva; a programar y organizar su administración y a establecer pautas para realizar su acción sindical. Los estatutos de los sindicatos determinarán el ámbito local, regional o nacional de sus actividades. En estos dos artículos queda claramente definido la independencia y la autonomía de la organización sindical. En el siguiente queda establecida la obligación del estado (gobierno). Artículo 402. El Estado velará para que no se ejerza sobre los sindicatos, federaciones y confederaciones, ninguna especie de restricción o de presión en su funcionamiento, ni de discriminación que atente contra el pluralismo democrático garantizado por la Constitución. El derecho a la sindicación y a la negociación colectiva esta amparado por los artículos 95 y 96 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 95. Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como a afiliarse o no a ellas, de conformidad con la Ley. Estas organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Los trabajadores y trabajadoras están protegidos y protegidas contra todo acto de discriminación o de injerencia contrario al ejercicio de este derecho. Los promotores o promotoras y los o las integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales gozarán de inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones. Para el ejercicio de la democracia sindical, los estatutos y reglamentos de las organizaciones sindicales establecerán la alternabilidad de los y las integrantes de las directivas y representantes mediante el sufragio universal, directo y secreto. Los y las integrantes de las directivas y representantes sindicales que abusen de los beneficios derivados de la libertad sindical para su lucro o interés personal, serán sancionados o sancionadas de conformidad con la ley. Los y las integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales estarán obligados u obligadas a hacer declaración jurada de bienes. Y en la siguiente norma constitucional se establece Claramente el derecho a Contratar Colectivamente Artículo 96. Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales. Las convenciones colectivas amparan a todos los trabajadores y trabajadoras, activos y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad; en este articulo; se ordena que las convenciones colectivas amparan a los trabajadores activos y trabajadoras activas y los que ingresen con posterioridad; excluyendo al trabajador jubilado dejando a un lado el principio Constitucional que todos somos iguales ante la Ley. Y en el convenio Nº 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En su articulo 2 dice: Los Trabajadores y los Empleadores; sin ninguna distinción y
Sin, autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas. Todas estas normas están recogidas en el espíritu y razón del dictamen Nº 21 de la Consultoría Jurídica del Ministerio de Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social. De fecha 23 de Diciembre de 2005.
Dictamen: El otorgamiento del beneficio de jubilación no conlleva per se a la exclusión de los trabajadores jubilados en los sindicatos, manteniéndose el derecho de éstos a participar en los procesos para la designación de su dirigencia en igualdad de condiciones que los trabajadores activos, bien como electores o candidatos a los distintos cargos de elección sindical; toda vez que no se rompe el vinculo laboral y por ende subsiste el compromiso del organismo o institución de garantizar la existencia de los trabajadores en el futuro, a través del pago de una cantidad fija de manera periódica, procurando con ello su sustento.
Conclusión: Para acabar de una vez por todas con esta discriminación; que excluye a los trabajadores jubilados y pensionados, es necesario que la Asamblea Nacional reforme; el articulo, 96 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo: 39 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo; y se reconozca, Constitucional y legalmente a los trabajadores jubilados y pensionados su condición de trabajador. El trabajador jubilado sigue siendo un ciudadano de la República Bolivariana de Venezuela; y es discriminatorio y criminal excluirlos de sus derechos que vienen siendo reconocidos en la mayoría de los casos por la Contratación Colectiva, que superan los derechos contenidos en la Constitución y las leyes laborales. Y los artículos 59 y 60 de la Ley Orgánica del Trabajo, definen que en caso de conflicto entre leyes, prevalecerán las del trabajo; y en el orden jerárquico, la primera es la Convención Colectiva de Trabajo. También se debe reformar los artículos: 417 y 418 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo; en estos se debe incluir lo siguiente: El numero, mínimo de trabajadores requeridos para constituir un sindicato, en las empresas y profesiones es solo donde no exista sindicato; no para que se siga interpretando la libertad sindical de manera perversa con la constitución y proliferación de sindicatos paralelos, que perjudican a los trabajadores, y van en contra de los sindicatos ya constituidos; unidos, plurales y fuertes.
Es justicia.

Atentamente:

Ildemaro Germán Cardozo Gutiérrez.

martes, 23 de septiembre de 2008

viernes, 19 de septiembre de 2008

viernes, 12 de septiembre de 2008


A QUIEN PUEDA INTERESAR.



REFLEXIONES SOBRE LA CONTRATACION COLECTIVA Y LAS ASAMBLEAS DE SOLUZ. .
En esta oportunidad vamos analizar la situación de confusión en la que, pretenden mantener algunos sesudos dirigentes al resto de los compañeros en relación a la administración de la Contratación Colectiva; y los planteamientos que, hacen de manera errada y mal intencionada echándole las culpas a quienes no tuvimos en ese momento ningún tipo de responsabilidad en la administración y la conducción de nuestra organización sindical por ejemplo; el martes 09 del corriente mes y año ocurrieron dos hechos protagonizados por las asociaciones de los obreros jubilados y pensionados de luz, que si bien es cierto son organizaciones civiles y legales no es menos cierto que configuran una organización paralela que divide los esfuerzos que le corresponden ejercer a la genuina y legitima organización de los obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ); que es una organización que esta conformada según sus estatutos por obreros, jubilados y pensionados en un porcentaje del 50% y el otro 50% pertenecen a la nomina de los obreros activos; y los estatutos ordenan que para la instalación valida de las asambleas es necesario que estén presentes el 51% de los miembros afiliados a la organización, ¿como pueden ustedes imaginar conformar el quórum de las asambleas en la primera convocatoria y tomar en ella las decisiones si no asisten? y se requiere la presencia de la mitad mas uno de los miembros para que la asamblea se constituya válidamente. Y para la segunda convocatoria una de las asociaciones de jubilados convoco a sus miembros para una asamblea el mismo día a la misma hora y en la misma facultad y por supuesto en otro salón y con un punto de agenda completamente distinto, y la otra asociación ni siquiera los dirigentes asisten, y por otra parte no se justifica siendo la otra mitad de los afiliados de SOLUZ, obreros activos y según la Contratación Colectiva tiene establecido permiso remunerado para asistir a las asambleas resulte imposible conformar el quórum reglamentario en la primera convocatoria.
Por otra parte queremos comentar la publicación del texto de una carta dirigida al Profesor Antonio Castejón Director de la Oficina de Planificación del sector Universitario (OPSU), el propio día de la asamblea en la que se hace un planteamiento en relación a la cláusula Nº 62 del VI Contrato Colectivo LUZ/SOLUZ, que se refiere al beneficio de la prima por hijo para el personal obreros jubilados y pensionados. En la misma señala a los culpables del descuento que hacen a este personal y los autores intelectuales de haber entregado ese derecho, el reclamo según mi opinión es justo y procedente; pero el enfoque es totalmente equivocado. Aunque no firme la normativa laboral del año 1997, y manifesté mis observaciones por no estar de acuerdo con muchas de las cosas que allí ocurrieron, sin embargo considero que aparte del caso de los bedeles no hubo otra torpeza.
Por ultimo creo firmemente que al obrero jubilado o pensionado no le pueden eliminar el beneficio de la prima por hijo; según la cláusula. Nº 94 del VI Contrato Colectivo LUZ/SOLUZ, que dice el monto de la pensión de jubilación será igual al cien por ciento (100%) del salario semanal del obrero.
Ildemaro G Cardozo G.

jueves, 7 de agosto de 2008

miércoles, 6 de agosto de 2008

lunes, 21 de julio de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR


EL CLAUSTRO DE LUZ SE EXPRESO.
En la segunda vuelta del proceso electoral realizado el pasado 17 del corriente mes para elegir el nuevo equipo rectoral de la Universidad del Zulia para el periodo 2008-2012, resultaron electos los profesores; Jorge Palencia Rector, Judit Aular de Duran, vice rectora academica, María Guadalupe Núñez vice rectora administrativa; y Ramón Arrieta secretario, todos estos profesores fueron postulados por el equipo denominado “todos por el bien de la universidad ” hacia mucho tiempo que esto no ocurría todos los candidatos electos del mismo equipo; es importante resaltar que en la historia de la universidad venezolana primera vez que resulta electa como vice rectora admistrativa una mujer igual ocurrió cuando resulto electa la profesora Imelda Rincón como la primera rectora electa en la universidad venezolana. También participaron en esta contienda electoral; la profesora Rosa Nava postulada con el eslogan “la rectora que la Universidad necesita” el profesor Jorge Chávez con su eslogan “porque nuestras metas son comunes” el profesor Cesar Ramos “por una universidad de servicio” Alexis Morón postulada al vice académico “así a una universidad sin fronteras” Pablo Valera al vice administrativo con su eslogan “universitario de eficiencia comprobada” y Marlene Primera a la secretaria “tu decisión es la primera acción de cambio” Clotilde Navarro a la secretaria, “con una visión trascendente en defensa de la autonomía universitaria” Gilberto Vizcaíno “por una universidad de la innovación” todos universitarios capaces y con vocación de servicio comprobada fueron propuestos a la comunidad universitaria de manera transparente y democrática y finalmente el claustro se manifestó con el resultado siguiente: Rector Jorge Palencia 2802 votos 57%, Rosa Nava 2084 votos 43%, vice rectora academica Judith Aular de Duran 3028 votos 62%, Alexis Morón B 1817 votos 38%, vice rectora administrativa María G Núñez 2548 votos 53%, Pablo J Valera V 2285 votos 47%, secretario Ramón A Arrieta P 2450 votos 51%, Marlene C Primera G 2360 votos 49%.
El próximo primero de octubre tomaran posesión de sus respectivos cargos para comenzar la labor encomendada, en una universidad que ejecuta un presupuesto deficiente, con recetas ordenadas por el gobierno central desde la (opsu) como deben gastarse esos recursos; violando la autonomía universitaria garantizada, en el articulo 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y el 9 de la Ley de Universidades, con un serio problema de inseguridad que debe abordarse con inteligencia y prudencia; se trata de las personas y los bienes de la institución, anualmente se gastan inmensas cantidades de recursos y los resultados no son satisfactorios, otro problema es la apertura de nuevos cupos en las diferentes carreras para que verdaderamente sea una universidad popular, son muchos los bachilleres que cursan estudios en universidades privadas, becados por acuerdos con la gobernación y alcaldías, estos acuerdos pueden lograrse con la Universidad del Zulia. Para lograr la solución de todos los problemas de la institución, se hace necesaria la participación de todos con el aporte de ideas y voluntad; un consejo universitario que escuche y un equipo rectoral que resuelva. Ojo pelao con el nombramiento de los directores y coordinadores de los despachos. Somos servidores públicos.
Ildemaro G Cardozo G.

viernes, 18 de julio de 2008

martes, 1 de julio de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR

Maracaibo, 01 de julio de 2008.

ELECCIONES UNIVERSITARIAS DE AUTORIDADES RECTORALES; Y DECANALES.
El próximo 10 de julio del corriente año se realizaran las elecciones de las autoridades rectorales de la Universidad de Zulia; y los decanos de las distintas facultades con excepción de la facultad experimental de ciencias; y los núcleos de Cabimas y Punto Fijo Estado Falcón. Quienes resulten electos tomaran posesión de sus cargos el próximo 1 de octubre para conducir la institución en los siguientes, tres y cuatro años, esperemos que todo se desarrolle en un ambiente de armonía de fiesta democrática para bien de la institución y de toda la comunidad.
Para la rectoría están participando cuatro candidatos todos profesores con suficiente capacidad para gerencial con acierto el futuro de la Universidad son ellos: Rosa Nava Rincón, Cesar Ramos Parra, Jorge Palencia Piña, Jorge Chávez Sánchez, quienes actualmente ocupan los cargos de vice académica, director del consejo central de extensión, vice administrativo, y decano de la facultad de economía; para el vice académico están optando al cargo las profesoras Judit Aular de Duran, actual secretaria; y Alexis Morón B, actual Decana de la Facultad de Odontología; para el vice administrativo las profesoras María Guadalupe Núñez, actual directora de administración; Maritza Ávila; y el profesor Pablo Valera, presidente de la caja de ahorros del personal docente, para secretario, los profesores Clotilde Navarro, actual director de dipse, Marlene Primera, actual directora de relaciones interinstitucionales, Ramón Arrieta, decano de la facultad de arquitectura, Carmen Montes, ex decana de la facultad experimental de ciencias, Gilberto Vizcaíno; y Máyela Vílchez, la mayoría de ellos de una o de otra manera tienen responsabilidades en la gestión que esta por concluir con sus aciertos y desaciertos con tu parcipaciòn vas a decidir quienes tienen los mayores aciertos. Esperemos que los electores acudan masivamente a depositar su voto por quienes consideren son los que se merecen su confianza para conducir los destinos de nuestra querida institución en los próximos años, por los caminos de la amplitud democrática, equidad, honestidad y pulcritud en el manejo de los recursos, dentro del cumplimiento de la Constitución, las leyes y en defensa de la autonomía.
Es importante que el próximo rector no sea el que ofrece cargos a cambio de votos, las experiencias han sido malas cuando el rector llega producto de ese tipo de negociaciones perversas, comienza su gestión de manos atadas a los grupos con los cuales adquirió esos compromisos, que no le permiten nombrar en las direcciones centrales a los mas competentes, pocos son los que participan en ese tipo de componenda pero que grave daño le han ocasionado a la institución, dejando de nombrar a lo mejores gerentes en las direcciones por, la deuda del trueque direcciones por votos.
Por ultimo como dirigente social que he sido toda la vida quiero recomendar a las próximas, autoridades rectorales que resulten electas en este proceso acabar de una vez por todas con la practica perversa de contratar trabajadores, para que presten servicio de manera permanente en la institución, a través de intermediarios, llámense empresas privadas, empresas réntales, fundaciones, cooperativas etc. Esto solo sirve para simular un contrato de trabajo y cometer fraude con los derechos de los trabajadores y mantener nominas paralelas de trabajadores de primera y trabajadores de segunda a unos se les reconocen sus derechos y a otros se les niegan.
Ildemaro G Cardozo G. Por la patria libertad y democracia.

martes, 10 de junio de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR

EN LAS PROXIMAS ELECCIONES PARA LOS DIPUTADOS AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO ZULIA LOS TRABAJADORES NECESITAMOS POR LO MENOS UN REPRESENTANTE CON CONOCIMIENTO EN MATERIA LABORAL Y SINDICAL; Y CON UNA PROFUNDA VOCACION DE SERVICIO, ESA PERSONA ES CARLOS PETIT ACTUAL SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACION DE TRABAJADORES DEL ZULIA (FETRAZULIA) POR ELLO TE INVITAMOS A SU PROCLAMACION EL PROXIMO 18 DE JUNIO A LAS 10AM EN LA PLAZA BOLIVAR DE MARACIABO.

domingo, 1 de junio de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR



REUNIÓN NORMATIVA LABORAL Y DE EXTENSION OBLIGATORIA DE LAS CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO.
La convención colectiva de trabajo por rama de actividad puede ser acordada en una Reunión Normativa Laboral, especialmente convocada o reconocida como tal, entre una o varias organizaciones sindicales de trabajadores y uno o varios patronos o sindicatos de patronos, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una misma rama de actividad. El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social después de revisado todos los requisitos contenidos en la Ley. El Ministerio del ramo, en un termino de treinta (30) días continuos, deberá hacer la convocatoria de la Reunión o negarla por auto razonado por considerar que no se cumplen los requisitos legales; si la solicitud resultara ajustada a los extremos establecidos en el articulo 529 de la Ley Orgánica del Trabajo el Ministerio ordenará la convocatoria de la Reunión Normativa Laboral para la rama de actividad de que se trate, mediante una Resolución que se publicara en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en diarios de amplia circulación nacional. Dicha resolución debe contener: Día y hora en que se instalara la reunión normativa laboral y sede de la misma; nomina de los convocados y de los solicitantes; rama de actividad de que se trate; alcance local, regional o nacional que se proponga darle a la reunión normativa; anuncio de que a partir de la publicación se suspenderá la tramitación de los proyectos de convención colectiva o los pliegos de peticiones en curso, sean de carácter conciliatorios o conflictivos, en los cuales sean parte uno de los patronos convocados; y advertencia de que desde el día y hora de la solicitud de la Normativa Laboral; ningún patrono podrá despedir, trasladar, o desmejorar a ningún trabajador sin causa justificada debidamente calificada por la autoridad competente mediante el procedimiento establecido en el Capitulo II del Titulo VII, ni podrá hacerlo mientras la Reunión no haya concluido.
En la Gaceta Oficial 38.928 de fecha 12 de mayo del año en curso, se publica la convocatoria a solicitud de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de las Universidades de Venezuela ( FENASTRAUV) a todos los Sindicatos afiliados y a las Universidades respectivas, para que concurran al quinto día continuo, a las 10 am, contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, o a la misma hora del primer día hábil siguiente si aquel no fuere hábil, en el salón de usos múltiples, ubicado en el piso 5, del centro Simón Bolívar, el Silencio Caracas; a objeto de proceder a la instalación de la Reunión de la Normativa Laboral, conforme a lo establecido en el articulo 533 de la Ley Orgánica del Trabajo. Que ampara a los obreros de las Universidades Nacionales.
Después de 11 años sin discusión del contrato colectivo con los obreros de las Universidades Nacionales se instala la convención para la negociación; esperemos que se imponga el interés colectivo de los trabajadores por encima de cualquier otro interés particular y mezquino que pueda tener cualquiera de los que están en representación de los obreros y todos los obreros pendiente a la vanguardia, para que no se cambie ni una coma de lo ya hemos logrado, y todos unidos los apoyaremos para lograr mejores beneficios para el futuro.
Que se acabe con la practica de contratar obreros a través de intermediarios: empresas réntales, fundaciones, cooperativas, contratistas, becas trabajo; y otras formas que se convierten en simulación y fraude a los derechos de los trabajadores: garantizados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la legislación laboral Venezolana desde el año 1936. Y la cesta ticket para todos los obreros jubilados y pensionados como esta establecido en la clausula 102 del VI Contrato Colectivo LUZ/SOLUZ. DEBE PROPONERSE PARA TODOS LOS OBREROS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE TODAS LAS UNIVERSIDADES NACIONALES.
Ildemaro G Cardozo G. ildemarocg@yahoo.es ildemarocg@gomail.com ildemarocgblogspot.com .

domingo, 11 de mayo de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR

EL 1 DE MAYO ENTRO EN VIGENCIA EL NUEVO SUELDO MÍNIMO EN MUCHOS PAISES DE LATINOAMERICA, EN VENEZUELA LLEGO A 799 Bs F Y EL PRESIDENTE CHAVEZ DICE QUE ES EL MAS ALTO DE AMERICA LATINA CON 371 DOLARES, ¿AHORA BIEN SI YO QUISIERA TOMAR LOS 799 Bs F, E IR A COMPRAR LOS 371 DOLARES ME LOS VENDERAN? EN CAMBIO SI QUIERO COMPRAR DOLARES ME TENDRIA QUE IR AL MERCADO NEGRO Y COMPRARLOS A 3,5 POR DÓLAR Y ME DARIAN 228 DOLARES.
AHORA VEAMOS LO SIGUIENTE:
PAIS
SUELDO"
VALOR DÓLAR""
SUELDO EN DOLARES."""

ARGENTINA (PESOS)
800"
3,2""
250"""

BOLIVIA (BOLIVIANOS)
577,5"
7,4""
78,04"""

BRASIL (REALES)
400"
1.62""
246,91"""

COLOMBIA (PESOS)
516.500"
1.780""
290,17"""

COSTA RICA (COLONES)
150.000"
498""
301,20"""

CUBA (PESOS)
225"
25""
9,00"""

CHILE (PESOS)
150.000"
456""
328,95"""

ECUADOR (SUCRES)
4.250.000"
25.000""
170,00"""

HONDURAS (LEMPIRAS)
3.439"
19""
181,00"""

MEXICO (PESOS)
1.513"
10,47""
144,51"""

NICARAGUA (CORDOBAS)
3.530"
19.3""
182,90"""

PANAMA (BALBAOS)
310"
1""
310"""

PERU (SOLES)
550"
3,38"""
162,72"""

URUGUAY(PESOS)
3.416"
20,25""
168,69"""

VENEZUELA (OFICIAL)
799"
2,15""
371,63"""

VENEZUELA (PARALELO)
799"
3,5""
228,29"""

COMPARAMOS LOS DEMAS CON EL DÓLAR PARALELO DE VENEZUELA TENEMOS QUE CHILE COBRA 328 DOLARES DE SUELDO MÍNIMO, SEGUIDO DE PANAMA CON 310 DOLARES, COSTA RICA CON 301 DOLARES, COLOMBIA CON 259 DOLARES, ARGENTINA CON 250 DOLARES, BRASIL CON 246 DOLARES Y VENEZUELA QUEDARIA EN EL SEPTIMO LUGAR CON 228 DOLARES TENIENDO INGRESOS PETROLEROS ENORMES DE MAS DE 100 DOLARES POR BARRIL DE PETROLEO.
ADEMAS NO HEMOS COMPARADO LA INFLACION DE ESTOS PAISES Y EL COSTO DE LA CANASTA BASICA, ENTONCES ES UN PAIS SOCIALISTA O EXPLOTADOR DE LA CLASE TRABAJADORA DE ESTE PAIS.
TAMBIEN PODEMOS DESTACAR A CUBA QUE COBRAN A PENAS 9 DOLARES PARALELOS MENSUALES Y A DÓLAR OFICIAL SERIAN 110 DOLARES Y TAMBIEN SE DESTACA MEXICO UN PAIS PETROLERO Y LOS TRABAJADORES COBRAN 144 DOLARES SOLAMENTE, LOS PAISES CENTROAMERICANOS ESTAN CASI PAREJOS.
EL MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACION HIMAN EL TROUDI MANIFESTO QUE CON EL SALARIO MÍNIMO SE SUPARA LA CANASTA ALIMENTARIA, ES SUFICIENTE PARA ALIMENTAR UNA FAMILIA DE CINCO PERSONAS Y SE PUEDE COLABORAR CON LOS ALIMENTOS DE LOS VECINOS Y ALCANZA PARA UN VIAJE DE DESCANSO MENSUAL DESDE MARACAIBO A LA ISLA DE MARGARITA Y TODAVIA QUEDA ALGO PARA AHORRAR.
LIBERTAD, PAN, TIERRA, TRABAJO Y DEMOCRACIA.
Ildemaro G Cardozo G.

martes, 6 de mayo de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

El AUMENTO DEL SALARIO MINIMO SE VOLVIO AGUA; NI SIQUIERA LLEGO A SAL.

El aumento de salario mínimo y el ajuste de los salarios de los empleados y obreros del sector publico es pírrico, discriminatorio; y excluyente, el salario mínimo con un incremento del 30%, resulta insuficiente, solo cubre el 64,13% de la canasta alimentaria no alcanza para cubrir los servicios públicos mucho menos para solventar otras necesidades que enfrenta la familia de los trabajadores venezolanos, servicios, salud, educación, recreación, cultura y deportes, la canasta alimentaria para el mes de abril tuvo un incremento de 1,4%, ubicándose en mil trescientos seis con doscientos setenta y cinco bolívares fuertes (1.306,28 Bs F). Este pírrico aumento es extensivo a los trabajadores jubilados y pensionados del Seguro Social Obligatorio, igualmente para los trabajadores del campo. Ahora el kilo de café aumento 12%, el kilo de maíz aumento 47,9%, el kilo de pollo aumento 84,4%, las sardinas frescas aumentaron 491,7%, siguen en aumento permanente las papas, el aceite, las frutas, las hortalizas, las caraotas, los frijoles, la leche y sus derivados, estas carestías los trabajadores tienen que enfrentarlas con un salario de setecientos noventa y nueve bolívares fuertes (799 Bs F) mensuales, durante los siguientes meses y hasta el próximo año.

El decreto # 6.054 del 30%, de aumento de salario para los trabajadores de la administración Publica Nacional, discrimina y excluye los trabajadores y funcionarios de las Gobernaciones, Alcaldías y Consejos Legislativos de los Estados de República; y el alto costo de la vida golpea el menguado presupuesto familiar de estos trabajadores; no deja claro la aplicación de este aumento para los educadores dependientes de los Gobiernos Regionales y Municipales; igualmente los profesores, empleados y obreros de las Universidades Nacionales, y los profesionales Universitarios que prestan sus servicios en Instituciones Civiles y Empresas privadas para quienes debería decretarse un aumento de salario mínimo profesional.
Que decir de los trabajadores jubilados y pensionados del Seguro Social, quienes estaban esperando confiados el anuncio del decreto que extendiera el beneficio de la cesta ticket o cesta salud que los incluyera en ese beneficio que reciben muchos jubilados dependientes del Gobierno Nacional.
Y los trabajadores no dependientes o informales también esperaban el anuncio del fondo de estabilidad social y el decreto que los incorporara al sistema de seguridad social y demás normas de protección de los trabajadores tal cual esta contemplado en el articulo 40 de la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
Todos los trabajadores sin excepción esperaban el decreto de reducción de la jornada de ocho (8 horas) a seis (6 horas) diarias; igual a treinta (30 horas) semanales; así como fue propuesto en la reforma constitucional y que de acuerdo a la constitución vigente el presidente de la república tiene facultades para reducir la jornada laboral en todo el territorio nacional y a todos los trabajadores sean estos del sector publico o privado.
Los trabajadores aspiramos la pronto discusión de los contratos colectivos. ¡Sin justicia no hay paz!
Ildemaro G Cardozo G. ildemarocgblogspot.com
ildemarocg@yahoo.es

miércoles, 16 de abril de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR



ES NECESARIO; UNA CENTRAL SINDICAL A LA MEDIDA DE LA REVOLUCIÒN.
(De Chávez)

Según prensa del (minpptrass). Se inicio la discusión de la reforma a la Ley Orgánica del Trabajo, en la comisión de desarrollo social integral de la Asamblea Nacional, donde se establecerán los mecanismos necesarios para nivelar los beneficios laborales de las y los trabajadores del país. Esta comisión presidida por los diputados Oscar Figuera y Oswaldo Vera, quienes señalaron, que entre los aspectos fundamentales esta la retroactividad de las prestaciones sociales, la reducción de la jornada laboral; y la estabilidad en el empleo. La retroactividad de las prestaciones sociales es un mandato del constituyente del año 1.999, en la disposición transitoria cuarta aparte 3, de la Constitución Bolivariana de Venezuela, o sea habido retardo en el cumplimiento de la mencionada disposición; y con respecto a la disminución de la jornada laboral y la estabilidad en el empleo están previstos en la Constitución y en Ley Orgánica del Trabajo del año 1997. El gobierno nacional debe honrar su obligación y negociar los contratos colectivos con sus trabajadores, y el ministro del trabajo José Ramón Rivero, debe anular el memorándum Nº, 185 de fecha 30/03/2004, que contiene una serie de requisitos para la introducción de los pliegos conflictivos que violan la Constitución y el procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Trabajo.
Después del fracaso en las elecciones de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), con la derrota aplastante a su candidato Aristóbulo seudo dirigente sindical enchufado en el movimiento magisterial y en el buro sindical de Acción Democrática por muchos años; y el fracaso de la (UNT), ahora Chávez quiere su propia central sindical manipulada por el; una central sindical gobiernera y patronal constituida desde los mas altos niveles del poder roja rojita, para ello se prestan otros seudos dirigentes sindicales como Oswaldo Vera y Franklin Rondón principales responsables que no se hayan firmado en 10 años los contratos colectivos de los profesores, empleados y obreros de la Universidades Nacionales y los trabajadores de la Administración Publica Nacional.
Una central sindical que responda a los intereses políticos e ideológicos del presidente de la república es una organización sindical sin libertad, sin autonomía, sin independencia, es acaso que el presidente quiere aplicar en Venezuela la Constitución de Cuba, que establece que el presidente de la central sindical es miembro del gabinete ejecutivo con rango de ministro. La Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), es plural, autónoma y libre de partidos, de patronos; y del gobierno. COMPAÑERO RESISTE, VIVA LA CTV, VIVA LA CLASE OBRERA.
ildemarocg@yahoo.es.
Ildemaro G Cardozo G.
Ildemarocgblogspot.com

martes, 8 de abril de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR

EN HONOR A LOS CAÌDOS EN LAS BATALLAS POR LOS DERECHOS Y REIVINDICACIONES DE LOS TRABAJADORES.
Día internacional del trabajador 2.008.
A pesar de las dificultades que enfrento el movimiento sindical en los últimos años del siglo XIX, la batalla por los derechos de los trabajadores es un logro irremplazable que se recuerda cada año en todo el mundo como homenaje a sus precursores. En la actualidad, los trabajadores están conscientes de sus derechos y obligaciones, gozan de beneficios y prestaciones, al tiempo que ofrecen resultados de sus gestiones, sean cuales sean. Sin embargo, lo que hoy parece justo y de conocimiento común, no siempre fue así y tomo varios años y vidas en forjarse. El 1 de mayo de 1.886, el presidente de los Estados Unidos, Andrew Johnson, promulga la Ley Ingersoll, que establecía ocho horas de trabajo diarias, como resultado de la incansable lucha del trabajador mecánico Ira Steward y las decisiones tomadas dos años antes en Chicago. Sin embargo, su acatamiento fue nulo y por ello, las organizaciones laborales y sindicales de USA empezaron a luchar por su cumplimiento. Los obreros elevaron sus voces: a partir de hoy, solo ocho horas diarias; ni una más. Paralizaron el país y progresivamente, los distintos estados se fueron uniendo.
Sin embargo, el panorama en Chicago era distinto pues los medios de comunicación social, desvirtuaban las medidas y tildaban de vandálico el movimiento, de los trabajadores de la fabrica McCormick tenían mas de dos meses enfrentados a sus patronos, y finalmente chocaron de forma violenta. Fue necesaria la intervención de la policía y para el 4 de mayo, se habían registrado 6 muertos y numerosos heridos. Adolfo Fischer, uno de los dirigentes de la huelga, lanzo una proclama que circulo profusamente: ¡TRABAJADORES: LA GUERRA DE CLASES A COMENZADO. AYER FRENTE A LA FABRICA MCCORMIK SE FUSILO A LOS OBREROS! ¡SU SANGRE PIDE VENGANZA!
Los ánimos estaban caldeados y Fischer invito a un mitin en la plaza Haymarket, donde los más destacados dirigentes sindicales harian uso de la palabra. Estaban en pleno mitin cuando la policía recibió, ordenes de dispersar a los asistentes y de pronto, una bomba estallo cerca de las fuerzas policiales, con un saldo de 6 policías muertos. Esto enardeció más a la policía que ataco despiadadamente con un resultado de 38 muertos y 115 heridos. Condenados algunos dirigentes a muerte el 20 de agosto, y fueron ahorcados el 11 de noviembre de 1.886.
Finalmente, en una conferencia internacional de trabajadores realizada en parís en 1.889, se toma la decisión de que todos los 1 de mayo paralizarían sus actividades los obreros del mundo. Así quedo instituido el día del trabajo.
La celebración del día del trabajador en Venezuela tiene lugar en Maracaibo Estado Zulia, cuando se instituye en 1.936. Sin embargo, no fue hasta 1.945, cuando el general Isais Medina Angarita, presidente de Venezuela, establece por decreto tal fecha como día del trabajador, trasladando su celebración del 24 de julio fijada por López Contreras según decreto del 18 de abril de 1.938, años más tarde, Rómulo Betancourt va mas allá a dictar un decreto el 27 de abril de 1.946, donde establece lo siguiente: el primero de mayo decretado día del trabajador se declara feriado y de remuneración obligatoria para los trabajadores en general, incluyendo los que efectúan sus labores en la agricultura y en la cría. Durante esta fecha no podrán efectuarse trabajos en las empresas o establecimientos sometidos a ley del trabajo y al reglamento del trabajo en la agricultura y la cría. Quedan exceptuadas aquellas labores señaladas especialmente por dichos estatutos legales. Con esta ley, se daba entonces un real beneficio a los trabajadores, cuestión que antes no se aplicaba.
Actualmente en Venezuela el Gobierno Nacional desconoce la representación de la organización sindical, como es el caso del señor Carlos Ortega, presidente de la confederación de trabajadores de Venezuela (CTV), legítimamente electo en un proceso electoral convocado y vigilado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), del régimen, siendo esta la confederación de trabajadores que agrupa la mayoría de los trabajadores sindicalizados; y más grande del país. En este momento ausente, por el acoso de unos jueces que actúan de manera amañada y bajos las instrucciones del jefe de Miraflores.
Este primero de mayo lo conmemoramos con la protesta tradicional, por el alto costo de la vida un alto índice de inflación, que afecta la canasta básica para alimentos y servicios, que ha tenido un incremento en los primeros tres meses del año de 7, 1%, elevándose esta a un costo mensual de dos millones setecientos sesenta y cuatro mil con noventa y tres bolívares (2.764.093 Bs), con un salario mínimo de seiscientos catorce mil con setenta y nueve bolívares (614.079 Bs), desempleo, empleo informal y empleo precario sobre pasa el 50%, ese empleo precario es un fraude a los derechos y garantías de los trabajadores, este hecho perverso es común en las Alcaldías, Gobernaciones, Ministerios; y otras dependencias publicas y empresas del estado, no se discuten los contratos colectivos de los trabajadores del sector publico, la escases de alimentos y la inseguridad personal esta acabando con la población trabajadora del país etc. Y no se diga de la corrupción principal bandera política del presidente de la República.
Todos los trabajadores debemos acompañar a nuestros, lideres sindicales en la marcha con motivo del día internacional del trabajador. VIVA LA CLASE OBRERA.

Ildemaro G Cardozo G.
Ildemarocg@yahoo.es.
Ildemarocgblogspot.com.

martes, 11 de marzo de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR


REFRESCANDO LA MEMORIA 11 DE ABRIL DE 2002.
El próximo mes de abril se cumplen 6 años de los hechos sangrientos ocurridos en la capital de la República, y en la que el Presidente Hugo Chavez renuncio a la Presidencia de la República; es importante recordar que justamente para ese día estaba convocada una marcha hasta las instalaciones de PDVSA, esa manifestación fue organizada por la sociedad civil en protesta por el despido de los trabajadores petroleros, y posteriormente fue desviada para el palacio de Miraflores con el propósito de solicitar la renuncia del Presidente de la República, objetivo que se logro después de reportarse aproximadamente 20 muertos y mas de 100 heridos a manos de francos tiradores, y no hubieron mas muertos y heridos gracias a la intervención oportuna de la guardia nacional y la policía metropolitana. Es importante en este artículo reseñar algunas opiniones y declaraciones publicadas en los medios de comunicación en esos precisos días, el General de tres soles Ministro de la Defensa y jefe del estado mayor dijo: antes tales hechos ocurridos, se le solicito al Presidente de la República la renuncia de su cargo la cual acepto, 11 de abril 2002, esto dijo el teniente coronel Francisco Arias Cárdenas hay que responsabilizar como ejecutor a Rodríguez Chacin, como autor intelectual y jefe de esa banda de delincuentes al propio Chavez al propio Presidente de la República esta es una acción contra los sentimientos mas nobles de los venezolanos, el comunicador moderador del programa le pregunta, ¿usted puede decir que la acción de los franco tiradores estaba bajo conocimiento del Presidente?, absolutamente seguro que estaba bajo conocimiento que fue ordenada, que una mente enferma mire tenemos que entender todos los venezolanos, les hablo todavía a los que tienen fe y esperanzas estamos frente a un asesino, una persona enferma un paranoico, enfermo de poder que cree estar poseído, destruyendo y matando venezolanos; y esa gente que esta allí con el responsable de dar la orden de asesinar venezolanos, tienen que pagar su culpa por las normas de la democracia de la convivencia, de la paz y la convivencia lo que no se puede un minuto mas un segundo mas, le hablo a la gente del MVR, a los venezolanos todos de bien pero sobre todo me importa hablarles a los compañeros de armas no podemos seguir defendiendo, no pueden ustedes seguir defendiendo esta ignominia un presidente asesino manchado de sangre de los venezolanos. 11 de abril 2002 en el programa la entrevista de Radio Caracas Televisión. Y esta es la carta de renuncia del Presidente de la República, Yo, Hugo Chavez Frías, C.I 4.258.228, ante los hechos acaecidos en el país durante los últimos días y consciente que he sido depuesto de la presidencia de la República Bolivariana de Venezuela declaro.
Abandono el cargo por el cual fui electo legítimamente por el pueblo venezolano y que e ejercido desde el 2 de febrero de 1999.
Igualmente declaro que he removido de su cargo, ante la evidencia de los acontecimientos, al vicepresidente ejecutivo, Ing. Diosdado Cabello Rondón.
En la Orchila a los 13 días del mes de abril de 2002. Por siempre, Hugo Chavez Frías.
Entonces ciudadanos venezolanos existe razones para que en esta país amante de la paz siga siendo gobernado por esta camarilla de hipócritas, no merecemos semejante castigo, queremos un gobierno que haga cumplir la ley pero que al mismo tiempo sea respetuoso de ella, un gobierno democrático que respeta la separación y autonomía del resto de los poderes públicos, que respeta la pluralidad de organización política e ideológica, que respete la forma de organización de la sociedad civil; sindicatos, asociación de vecinos, colegios profesionales, ligas juveniles, juntas comunales, ligas agrarias, asociaciones de ganaderos, comerciantes, industriales etc.
Necesitamos un gobierno que active el aparato productivo que genere empleos estables y bien remunerados para que el pueblo venezolano consiga los productos alimenticios para acabar con la angustia de los consumidores que no consiguen: leche, azúcar, arroz, aceite, harina de maíz, harina de trigo, caraotas etc.
Necesitamos un gobierno que combata la delincuencia, la desnutrición infantil, la deserción escolar, el abandono de los niños de la calle, que construya viviendas masivas, que mejore los servicios públicos; agua, electricidad, aseo urbano, teléfonos, transporte, hospitales, edificaciones escolares, etc.
Necesitamos un gobierno que gobierne para los venezolanos, no un gobierno que su mayor propósito es la confrontación con todos aquellos que no comparten su proyecto político y mantenga sus mejores relaciones con los grupos subversivos, este pueblo esta casando de peleas guerreristas con el gobierno vecino por defender los grupos terroristas que incursionan en las fronteras de la hermana república de Colombia.
Esta seria la revolución que el pueblo esta esperando una revolución de hechos no de palabras huecas; y vacías.


Ildemaro G Cardozo G.
ildemarocg@yahoo.es.
Ildemarocg.blogspot.com

lunes, 3 de marzo de 2008

A QUIEN PUEDA INTERESAR


Con motivo del día internacional de la mujer, Eva la primera.
Dios había creado al hombre a su imagen y semejanza y se sentía muy bien y orgulloso por eso. Lo llamo Adán.
Adán jugaba en el bosque, nadaba en los ríos, contemplaba los atardeceres, comía los mejores frutos, que dios ponía a su disposición. Un buen día dios pensó que la vida era muy fácil para Adán, por lo que era necesaria una dosis de sufrimiento, por lo que decidió crear a la mujer, pero también quería darle una lección a Adán que tenia que dar si quería recibir.
Adán he notado que te sientes, muy solo y te aburres demasiado, además a mi me gustaría que te multiplicaras, por supuesto tu no llevarías la carga física durante nueve meses solo la moral ¿No te entiendo? ¿Ya entenderás a que me refiero? Bueno he decidido crear un ser no perfecto como tu, pero que será útil, pues además de compañía tendrá las siguientes características: siempre te escuchara, sin contradecirte, cocinara tus alimentos, siempre frescos y con una gran variedad, serán deliciosos, te despertara dulcemente para irte al trabajo, cuando regreses de trabajar ella, estará recién bañada, y muy perfumada, para que tu disfrutes con ella de los placeres del sexo, lavara tu ropa y planchara tus camisas, educara a tus hijos, siempre te hará un masajito, cuando tu lo requieras. Así fue la creación de este ser tan lindo llamado mujer.
Hoy en el año 2008, el próximo día 08/03, de fiesta por ese ser que fue creado por dios, para que le hiciera compañía al hombre además de ser mamá, ama de casa, y jefa de familia se ha convertido en una gran profesional capaz de ocupar cualquier cargo anteriormente ocupado solamente por hombres, hoy en día en pleno siglo XXI, tenemos mujeres en la calles trabajando por el ornato de las grandes ciudades, operando vehículos del transporte publico, mujeres ocupando cargos importantes de gerencias en grandes empresas nacionales y transnacionales, en la academia, autoridades en universidades, científicas, en los gobiernos nacionales, regionales, municipales, parlamentos y hasta presidencia de algunas Repúblicas. Esta a sido la evolución de este ser tan lindo, dulce e inteligente llamado mujer.
En esta parte ya para finalizar quiero expresar mis sentimientos de felicidad por este día y por el avance que ha tenido la mujer en el desarrollo de nuestro país y el mundo. Ejemplos tenemos muchos de mujeres zulianas destacadas en el ámbito: académico, profesional, deportivo y cultural, Imelda Rincón ex rectora de LUZ, Lolita Aniyar ex gobernadora del Zulia, Oris Rodríguez abogada, Judit Aular de Duran Secretaria de LUZ, Daniela Parra ex Decana de la facultad de Medicina, Luisa Hernández, educadora Presidenta (FVM), Gladis Vera, Lula López, Carmencita Silva gaiteras, Lila Morillo cantante, Elsa Antúnez atleta, etc.
No puedo dejar de mencionar en este escrito dos mujeres que han significado mis amores más importantes en mi vida, Doña Enilva Gutiérrez de Cardozo y Doña María Martínez de Cardozo, mi madre y mi esposa mujeres abnegadas dedicadas toda la vida a los oficios del hogar para educar una familia honrada y trabajadora para el servicio de la sociedad venezolana.
Ildemaro G Cardozo G.
ildemarocg@yahoo.es-ildemarocgblogspot.com

viernes, 15 de febrero de 2008

RESEÑA HISTORICA DEL SINDICATO DE OBREROS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA. (SOLUZ)

Antes de comenzar la reseña histórica de (SOLUZ), es importante destacar el protagonismo cumplido por el Movimiento Sindical Zuliano Organizado en la Federación Regional de Trabajadores del Zulia (FETRAZULIA), quienes no tuvieron ningún tipo de mezquindad o reparo para despojarse de su sede y entregársela a la ilustre Universidad de Zulia, para que en ella continuara funcionando la máxima Institución de Educación Superior en el Estado Zulia en Octubre de 1946. Seguros que esta se convertiría en la más importante reivindicación del pueblo zuliano.
Después de 20 años de la reapertura, y a haber pertenecido los obreros de la Universidad del Zulia por muchos años al Sindicato de Obreros de Hospitales y Clínicas del Estado Zulia en el año 1965, transcurrido 7 años del derrocamiento de la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, un grupo de obreros comienzan a motivar y promocionar la idea de constituir un Sindicato de empresa en la Universidad del Zulia y el 3 de septiembre de 1966 se decide realizar la asamblea para constituir su propia Organización Sindical con la aprobación de sus estatutos y la primera junta directiva; su declaración de principios la lucha permanente por la defensa de los derechos Educativos, Económicos, Políticos, Sociales, Culturales, Deportivos; y la defensa de la Universidad Nacional Autónoma, Popular, Democrática; y Gratuita para el Pueblo Venezolano. En esa asamblea estuvieron presentes: Iván Villalobos García, Antonio Hernández, Emiro Morillo, Olinto Gutiérrez, Benedicto Andrade, Mario Trejo, Jesús Bracho, Esteban Villalobos, Adán Sulbaran, Hugo González, José del C Vivas, Rafael Sulbaran, Nerio Villasmil, Rafael M Parra, Ramón Nava, Pedro Colmenares, Pedro Vásquez, Atiliano Patiño, Gilberto Rodríguez, Luis Prieto, Samuel Dacio Toples, José Daniel Torres, Luis Moreno, Ever Leal, Ildefonso J Cardozo, Jesús Rojas W, Norberto Plaza, Leopoldo Mejías, Gerardo Zambrano, Amable Fernández, José Cárdenas, Ramón Martínez, Tarsicio Mejías, Jesús Muñoz, Francisco García, Jesús García, Rafael Zarate, José Belzares, Adelso Chacin, Teófilo Medina, Luis A Molero, Dalia Moreno, Miguel Parra, Orlando J García, Ignacio Romero, Luis Perdomo, Belisario Fernández, Carlos Bracho, Atilio Díaz, Iván Saúl Añez, Pedro M Castillo, Emilio Barboza, Luis González, Rafael Montiel, Rafael Urdaneta, Eleuterio Paz, Antonio J Colina, Alejandro Contreras, Hermeciades Arcaya, Dionisio Villalobos, Jesús R Muñoz, Bernardino Gómez, Antonio E Villavicencio, Luis Carrizo, Francisco Acosta, Fernando Alvarado, Claudio Castillo, Wilfredo Cadenas, Marcial Goitia, Jesús Castillo, Humberto Villalobos, José Labarca, Darío Arias y Brinolfo Alvarado. Seguidamente Benedicto Andrade propone a Iván Villalobos como director de debate, se somete a consideración de la asamblea y es aprobado, inmediatamente se somete a comedimiento el punto único de la convocatoria y se constituye el Sindicato con la denominación de SINDICATO DE OBREROS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (SOLUZ), Con sus respectivos 43 artículos de sus estatutos internos, igualmente la primera Junta Directiva la cual quedo constituida de la siguiente manera: Iván Villalobos Presidente, Dionisio Villalobos Secretario de Deportes, Brinolfo Alvarado Secretario de Vigilancia y Disciplina, Benedicto Andrade Secretario de Actas, Jesús Rojas W Secretario de Correspondencia, Rafael Goyo Secretario de Finanzas, Emiro Morillo Secretario de Reclamos, Adán Sulbaran Primer Vocal, Antonio Hernández Segundo Vocal y Hermeciades Arcaya como Tercer Vocal, en esta asamblea estuvieron presentes Jaime Quintero M y Néstor Villasmil como asesores, inmediatamente la Junta Directiva introdujo la documentación necesaria en el Ministerio del Trabajo para su legalización la cuál fue admitida el 15 de Marzo de 1967 registrado bajo el número de boleta Nº 451. Esta Organización Sindical después de ser constituida con el respaldo de 79 obreros, se avoco a luchar por uno de los principales objetivos, la primera contratación colectiva LUZ/SOLUZ para convenir las condiciones Económicas, Sociales, Políticas y Sindicales; para el futuro de unas mejores relaciones entre la Universidad del Zulia y sus trabajadores, este primer Contrato Colectivo de Trabajo fue acordado y firmado bajo la gestión Rectoral del Dr. Antonio Borjas Romero y por la naciente Organización Sindical Presidida por el Señor Iván Villalobos G: entre los beneficios logrados podemos destacar el aumento de salario de (uno bolívar con cincuenta céntimos diarios) (Bs. 1,50), para un salario diario que se ubicaba entre 12 y 17 bolívares con una inflación en 00%. En el mes de Mayo, en vista que no se concluyen los galpones de Neuroanatomía, ni el Edificio Multidisciplinario, los estudiantes de la Facultad de Medicina, deciden suspender las actividades por tres días esto tuvo apoyo del Consejo de la Facultad, redactándose sendo Documento, que fue confeccionado por los Doctores. José Romero Páez, Julio Arraga Zuleta, Ramón Paris Martínez, y el Decano de la Facultad de Medicina Dr. Heber Villalobos. Las obras fueron iniciadas en el mes de Febrero de 1.966 y debían ser entregadas a la Facultad en Noviembre de 1.967, pero no fue cumplida la promesa y en ese momento se encontraban en completo abandono, lo que había determinado un deterioro de ella. Lo mismo estaba sucediendo con el equipo necesario para su funcionamiento que este se encontraba en los sótanos del Hospital Universitario y en otras dependencias de la Universidad del Zulia, desde el año 1967, deteriorándose por la acción del tiempo. Este documento o comunicado fue publicado en la prensa local y nacional se usó la radio y otros medios para su difusión. Se nombro también una comisión formada por el Dr. Heber Villalobos, Decano de la Facultad de Medicina; Dr. Luis Moreno Guerra, Presidente de la Asociación de Profesores APUZ; Dr. Adolfo Pons, Representante del Ministerio de Educación en el Consejo Universitario; Dr. Alfonso Martínez, Representante del Consejo de la Facultad; Ingeniero Luis Fossi, Jefe del Departamento de Mantenimiento, Planeamiento y Construcción; Sr. Ildefonso Cardozo Representante del Sindicato de Obreros SOLUZ; Sr. Germán Serrano, Representante de la Asociación de Empleados ASDELUZ; Br. Eduardo Mora, Presidente del Centro de Estudiantes de la Facultad de Medicina, quienes se dirigieron a Caracas y se entrevistaron con los Ministros de Obras Publicas y Educación Nacional, con el objeto de solicitar la terminación de esas construcciones. Esa gestión fue muy valedera en el sentido que ambos Ministerios se comprometieron que las obras estarían listas y en pleno funcionamiento a más tardar el próximo año y así ocurrió. Al poco tiempo de estas gestiones; y haberse instalado la primera junta directiva y firmado el primer Contrato Colectivo, el señor Emiro Morillo presenta su renuncia al cargo como secretario de reclamos la cual fue aceptada por la asamblea general realizada en la facultad de Medicina el día 01 de Abril de 1968, en sustitución en la misma Asamblea fue electo el señor Evelio Ríos. Sustitución comunicada a la Inspectoria del Trabajo en el estado Zulia el 15 de mayo de 1968. el día 7 de Noviembre de 1968 la Junta Directiva envía comunicación a la Inspectoria del Trabajo en el Estado Zulia notificando que en Asamblea General del día 5 de Noviembre de 1968 se acordó realizar el proceso electoral para elegir la Junta Directiva para el periodo 1968 a 1969, esta Junta Directiva fue electa en Asamblea en elección de mano alzada la cual quedo integrada por Iván Villalobos Presidente, Arístides Rosal Secretario de Organización, José R Cantor Secretario de Trabajo Reclamos, Nerio Ochoa Secretario de Finanzas, Jesús Rojas Weffer Secretario de Cultura y Propaganda, Hermeciades Arcaya Secretario de Actas y Relaciones, Rafael Montero Secretario de Vigilancia y Disciplina, Adán Sulbaran, José Briceño y Rafael Goyo, Primero, Segundo y Tercer Vocal. En el expediente aparecen actas de fecha 7 y 13 de Noviembre de 1969, acompañadas de oficios de fecha 20 de Noviembre de 1969, en la cual dice que el 7 de Noviembre 1969, se realizaron las elecciones del Sindicato Obreros de la Universidad del Zulia para el periodo 1969-1970 la cual quedo integrada de la siguiente manera: Rafael Montero Presidente, Ildemaro Cardozo Secretario de Organización, Nerio Ochoa Secretario de Finanzas, Jesús Rojas Secretario de Reclamo, Pablo Ortega Secretario de Cultura y Propaganda, José González Secretario de Actas y Correspondencia, Lisandro Sosa Secretario de Vigilancia y Disciplina, Iván Soto Primer Vocal, Rafael Hernández Segundo Vocal y Jairo Barroso Tercer Vocal. Es importante destacar que esta Junta Directiva fue electa de acuerdo al Reglamento Electoral de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) resultando una directiva plural en la que tienen representación diversas corrientes del pensamiento ideológico. Esta directiva jugo un papel importante para la consolidación de la Organización tuvo la responsabilidad después de la primera huelga convocada por este gremio la cual duro 20 días y concluyó con la firma del II Contrato Colectivo de Trabajo en la Gestión Rectoral del Dr. José Manuel Delgado Ocando, entre sus logros podemos destacar un aumento de salario diario de 5 bolívares con una inflación de 3,8% con unos salarios que se ubicaban entre 17,50 y 22,50 bolívares diarios. En elecciones realizadas el día 5 de Marzo de 1971 resulto electa para el periodo 1971-1973 la siguiente junta directiva: Rafael M Montero M, Presidente, José R Cantor, Secretario General, Nerio Ochoa A, Secretario de Finanzas, Iván Villalobos G, Secretario de Trabajo y Reclamos, Ildemaro G, Cardozo G, Secretario de Actas y Relaciones, José González C, Secretario de Organización, Napoleón Rodríguez, Secretario de Deportes, Evelio Ríos Secretario de Cultura, Enrique Castillo, Secretario de Propaganda, Rafael Hernández Secretario de Vigilancia y Disciplina, Alberto Albarran, Primer Vocal, Erasmo Lugo, Segundo Vocal y Nelson Quintero Tercer vocal; y el Tribunal Disciplinario, Adaulfo Herrera, José E, Abreu, Eusebio García, Marcos Cárdenas, y Jesús Castellanos, como suplentes Héctor Moreno y Reginaldo Peña. En esta elección se incluye el Tribunal Disciplinario. Por primera vez uno de los hechos a destacar en este periodo los primeros juegos deportivos ínter facultades. En fecha del 8 al 15 de marzo de 1974 acompañadas de oficio con fecha de 13 de Marzo de 1974, se notifica a la Inspectoria del Trabajo en el Estado Zulia la manera en la cual quedo electa la junta directiva para el periodo de 1974-1977. Rafael M, Montero M, Presidente, Nerio Ochoa, Secretario General, José R Cantor, Secretario de Finanzas, Iván Villalobos G, Secretario de Trabajos y Reclamos, Jacobo Ferrer, Secretario, de Vivienda, Evelio Ríos, Secretario de Actas, José Abreu, Secretario de Organización, Adalberto Fuenmayor, Secretario de Deportes, Adaulfo Herrera, Secretario de Cultura, Antonio Arteaga Secretario de propaganda, Antonio Colina, Secretario Vigilancia y Disciplina, Como delegados a la convención de Fetrazulia José; Cantor, Evelio Ríos e Ildemaro G, Cardozo G. Debemos destacar que esta junta directiva fue electa en el periodo del Rector Dr. Regulo Pachano Añez quien mantuvo muy buenas relaciones con los gremios laborales, una Universidad en total paz laboral. Se dio un hecho trascendental llamado renovación Universitaria producto de una toma del edificio del rectorado por parte del movimiento estudiantil, los estudiantes solicitaban una reforma académica y administrativa de la Universidad SOLUZ estuvo presente en las comisiones Administrativas en cada una de las facultades en la que participaron los obreros. Esta Junta Directiva le correspondió la firma del III Contrato Colectivo de Trabajo en la fecha que dice textualmente en el acta. ACTA En Maracaibo a los veintisiete días del mes de Mayo de mil novecientos setenta y siete, siendo las once y cuarenta de la mañana (11,40am), presentes en el Despacho de la Inspectoria del Trabajo en el Estado Zulia, por ante la sala del Inspector IV, el ciudadano doctor Humberto José La Roche mayor de edad, casado, Venezolano, Abogado, titular de la cedula de identidad personal Nº 655.516, domiciliado en la ciudad Distrito Maracaibo del Estado Zulia, en su carácter de Rector de la Universidad del Zulia, debidamente autorizado para este acto por el Consejo Universitario, en su sesión del día veinticinco de Mayo del año en curso, por una parte; y por la otra parte, los ciudadanos Rafael Montero, Cedula de Identidad personal Nº 1.666.490; Iván Villalobos, Cedula de Identidad personal Nº 1.647.569 y Antonio Arteaga, Cedula de Identidad Personal Nº 3.924. 173, mayores de edad, venezolanos, domiciliados también en la ciudad y Distrito Maracaibo, obrando con el carácter de Presidente, Secretario de Trabajo y Reclamos y Secretario de Finanzas, respectivamente, del Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ), exponen consignamos en este acto por quintuplicado un contrato colectivo de trabajo, suscrito entre la Universidad del Zulia (LUZ), y el Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ), a nombre de los obreros al servicio de la Universidad del Zulia, para su deposito legal, de conformidad con el articulo 51 de la vigente Ley del Trabajo. El presente Contrato consta de Ciento Catorce (114) cláusulas y tres (3) Anexos, y tendrá una duración de treinta meses contados a partir de esta fecha, se benefician con el mismo novecientos treinta y siete (937) obreros aproximadamente. Ambas partes convienen en darle efecto retroactivo desde el 10-09-76 a los beneficios contemplados en las siguientes cláusulas: Cláusula Nº. 16. Asignación Mensual al Sindicato; Cláusula Nº. 55, Aumento de Salario, sin que esto obligue a pagos retroactivos correspondiente al aguinaldo del año 1976; Cláusula Nº. 66. Prima Asignación por Hijos, Cláusula Nº. 69. CAPRESTALUZ. Entidad de Ahorro y Préstamo; Cláusula Nº. 76. Aumento de Salario por Antigüedad, y Cláusula Nº 88. Bono Vacacional. La aportación de la Universidad para el Fondo de Ahorro se hará únicamente sobre la parte correspondiente al aumento de salario, una vez que este haya sido satisfecho. Queda entendido que dicho efecto retroactivo se aplicara solo a quienes sean obreros al servicio de la Universidad del Zulia, para esta fecha y de acuerdo con la definición a que se refiere la cláusula primera. El pago de dichos beneficios retroactivos se hará efectivo en las siguientes fechas: el aumento de salario el día 02-06-77, y los retroactivos convenidos por las otras cláusulas el día 30-06-77. El Despacho recibe la documentación contractual presentada por las partes a los fines de proveer por separado lo conducente. Termino se leyó y conforme firman INSPECTOR DEL TRABAJO IV Luis Beltrán Hernández Narval. LAS PARTES: Dr. Humberto José La Roche Rector, Rafael Montero Machado, Presidente, Iván Villalobos, Secretario de Trabajo y Reclamos; Antonio Arteaga, Secretario de Finanzas. Es importante destacar que en este Contrato Colectivo de Trabajo se obtuvo un aumento de salario diario de bolívares diez (10Bs) diarios con una inflación promedio de 8,0%. También se destaca el aporte para ahorro a CAPRESTALUZ. En este Contrato Colectivo de Trabajo se lee un pensamiento del Libertador que dice: “NADIE SINO LA MAYORIA ES SOBERANA” y un mensaje de la Junta Directiva que textualmente dice: El Sindicato de Obreros de La Universidad del Zulia (SOLUZ) nació como expresión y anhelo reivindicativo de la masa obrera Universitaria. Es por eso que, desde su “nacimiento”, (legalización) en 1967, nuestro Sindicato comienza a luchar por legítimas e irrenuciables conquistas clasistas. Hoy después de diez años de vida SOLUZ se ha consolidado como la recia defensa socio económico del Trabajador Universitario y sus familias. Marcamos hoy las pautas porque se haga justicia dentro de la realidad capitalista que estamos viviendo. Continuamos luchando por una justicia social en una Venezuela mejor, sin explotados y explotadores. Nuevamente quienes estamos al frente de SOLUZ volvimos a cumplir la misión que se nos encomendó, a través de los obreros, de luchar por la firma del Contrato Colectivo. Así lo hemos hecho, lógicamente con la unidad de todos y cada uno de nosotros, de lo contrario el triunfo no hubiese sido nuestro. No hay duda que en las grandes luchas laborales son los objetivos doctrinarios y justos los que proporcionan victorias. Una vez mas, la conciencia de clase dio prueba de que SOLUZ no puede ser mediatizado ni convulsionado por elementos extraños a su democracia interna. De ahí que necesariamente, deploramos la deserción de quienes no tuvieron el valor de luchar por las conquistas de los trabajadores y optaron por tratar de romper la cohesión laboral, lo cual hubiese dado al traste con las aspiraciones hoy hechas realidad en este Contrato. Esta victoria prueba una vez más que, cuando todos los obreros Universitarios cierran filas alrededor de su Sindicato se convierten en la fuerza más poderosa que existe en la institución, que señala caminos y transmite experiencias a nuestros gremios hermanos. COMPAÑEROS: UNIDAD = VICTORIA ¡SOLAMENTE LA MAYORIA ES SOBERANA! Rafael Montero Presidente, Jesús Rivas Sec. General, Antonio Arteaga Sec, de Finanzas, Evelio Ríos Sec, de Actas y R, José González Sec, de Vivienda Iván Villalobos Sec, Trabajo y Reclamos, José Abreu Sec, de Organización, Juan González Sec, de Propaganda. En el año 1980 esta Junta directiva exactamente el día 23 de Mayo de ese año con el eslogan Luchar Siempre Luchar se firmo el IV Contrato Colectivo de Trabajo (LUZ/SOLUZ) Hay que destacar que el periodo del Rector Dr. Humberto José La Roche fue de una total paz laboral quien en cuatro años de gestión firmo el III y IV Contrato Colectivo de Trabajo con sus obreros el acta del IV Contrato Colectivo de Trabajo dice lo siguiente: En Maracaibo a los veintitrés días del Mayo de mil novecientos ochenta, siendo las cuatro de la tarde (4:pm), presentes en el Despacho de la Inspectoria del Trabajo en el Estado Zulia,. Por ante la sala del inspector IV, el ciudadano Dr. Humberto José La Roche, mayor de edad, casado, venezolano, Abogado, titular de la cedula de identidad personal Nº. 655.516, domiciliado en la ciudad y Distrito Maracaibo del Estado Zulia, en su carácter de Rector de la Universidad del Zulia, debidamente autorizado para este acto por el consejo Universitario, en su sesión del día veintiuno de Mayo del año en curso, por una parte; y por la otra, los ciudadano Rafael Montero Machado, cedula de identidad personal Nº. 1.666.490; Iván Villalobos, cedula de identidad personal Nº. 1.647.569; y Antonio Arteaga, cedula de identidad personal Nº.3.924.173, mayores de edad, venezolanos, y domiciliados también en esta ciudad y Distrito Maracaibo, obrando con el carácter de Presidente, Secretario de Trabajo y Reclamos; y Secretario de Finanzas; respectivamente del Sindicato de Obreros de la Universidad (SOLUZ), exponen: consignamos en este acto por quintuplicado un Contrato Colectivo de Trabajo, suscrito entre la Universidad del Zulia (LUZ) y el Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ), a nombre de los obreros que prestan servicios para la Universidad del Zulia, para su deposito legal, de conformidad al articulo 51 de la vigente Ley del Trabajo..El presente contrato consta de ciento catorce (114) cláusulas y un tabulador, tendrá una duración de veinticuatro (24) meses contados a partir de esta fecha. Se benefician con el mismo novecientos treinta y siete (937). Obreros aproximadamente. Ambas partes convienen en darle efecto retroactivo desde el 28-11-79, a los beneficios contemplados en las siguientes cláusulas: cláusula Nº. 9 Primero de Mayo, cláusula Nº. 15 Subsidio al Sindicato, cláusula Nº. 62 Prima por Hijos, cláusula Nº. 80 Bono Vacacional, cláusula Nº. 85 Aguinaldo, cláusula Nº. 87 Aumento Salario, cláusula Nº 88 Prima por Hogar, cláusula Nº 89 CAPREOLUZ, cláusula Nº 90 Aumento por Antigüedad, cláusula Nº. 96 Transacción con los Chóferes de Transporte. Queda entendido que dicho efecto retroactivos aplicara solo a quienes son obreros al servicio de la Universidad del Zulia, para esta fecha y de acuerdo a la definición a que se refiere la cláusula primera. El pago de dichos beneficios retroactivos se hará efectivo el veinticinco (25) de Julio de mil novecientos ochenta (1980). El despacho recibe la documentación contractual presentada por las partes a los fines de proveer por separado lo conducente. Termino se leyó y conforme firman. El inspector del Trabajo IV. Dr. José Del Carmen Contreras, Los consignantes: Dr. Humberto José La Roche Rector, Rafael Montero Presidente, Iván Villalobos Secretario Trabajo y Reclamos y Antonio Arteaga Secretario de Finanzas. En este Contrato Colectivo de Trabajo se logro un aumento de salario diario de veinte (20) bolívares con una inflación promedio de 19,7%. Se aprecia la modificación que se le hace de la cláusula 80 aporte para ahorro que no se menciona a CAPRESTALUZ y en cambio ese aporte pasa a CAPREOLUZ, porque los obreros en su mayoría renunciaron de la primera y constituyeron la segunda. El 24 de Septiembre de 1982 después de varios meses de negociación conciliatoria del proyecto del V Contrato Colectivo se decide en una Asamblea General, declarar la huelga indefinida la cual se prolongo hasta el mes de marzo del siguiente año. Es de hacer notar que esta Junta Directiva basándose en el poder político que pensaban tener para esa época por ser militantes del partido de gobierno, prorrogaron su mandato hasta 1983, cometiendo un grave error jurídico el haber ordenado una huelga sin cumplir el ordenamiento de protección de estabilidad prevista en la ley del Trabajo antes de declarar la misma; y esta se prolongo durante cuatro meses de Noviembre de 1982 hasta principios de Marzo de 1983, calificando la inspectoría del Trabajo la huelga ilegal y como consecuencia el despido de la junta directiva, recayendo esta medida legal solicitada por el Rector. Dr. Rafael Acosta Martínez, y por resolución del Consejo Universitario de LUZ, en contra de los dirigentes de SOLUZ, Rafael Montero, Evelio Ríos, Antonio Arteaga, Iván Villalobos, Juan González, Iván Soto, Gilberto Delgado, José González Castellano, Jesús Rivas, Jesús Rincón; y de ASDELUZ, Rafaela de Arroyo, Andrés Mújica, José Luis Reyes, José Ramón Villanueva, Hermógenez Méndez, Gonzalo Medina, Edgar Mandaniel, Fernando Pulgar, Ángel Morales, Carlos Quiroz, y Germán Moreno; todo este conflicto se genero por la firma del V Contrato Colectivo Trabajo de LUZ/SOLUZ, y el V Convenio LUZ/ASDELUZ, esta decisión fue asumida por un inspector provisional traído del Oriente del País después de la inhibición del Dr. Germán Cardozo Inspector Titular del Trabajo en el Estado Zulia, quien prefirió ser destituido antes de tomar esa decisión de resolver en contra de la juntas directivas. Ocasionándole esta resolución una grave crisis a la organización y por su puesto inestabilidad entre los trabajadores, mientras el contrato continuaba sin negociar. El 31 de Mayo de 1983, el Dr. Dámaso Campos, Vicerrector Administrativo, declaro en el Diario el Zuliano lo siguiente: por culpa de Rafael Montero los obreros de LUZ no disfrutaran de aumento de salario. Transcurrieron 4 meses y la organización se mantuvo sin dirección mientras los ex directivo apelaban esa decisión en la jurisdicción de lo contencioso administrativo de la corte suprema de justicia. El día 2 de Septiembre de 1983 se realizo una asamblea en la facultad de Medicina en esta se nombro una Junta Directiva Provisional como dice en oficio de fecha 5 de Septiembre de 1983, en el cual se anexa acta de dicha asamblea en ella consta como quedo integrada esa directiva, Miguel A Quintero, Presidente, José M, Perdomo, Secretario de Deportes, Alejo Henríquez, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Arturo Hernández, Secretario de Actas, Edinson Herrera, Secretario de Correspondencias, Celso Pozo, Secretario de Finanzas, Arístides Rosal, Secretario de Reclamos, Nelson Basabe, Primer Vocal, Rafael Delgado, Segundo Vocal, y Henry Reyes, Tercer Vocal. Con el nombramiento de esta Junta Directiva se profundiza la crisis intersindical la mayoría de los Trabajadores no la reconoce por tanto no tiene legitimidad y esto trae una división en la junta directiva recién nombrada y es por ello que según oficio el cual reposa en el expediente el día 2 de Marzo de 1984, acompañado de actas de la misma fecha la junta directiva quedo integrada por: Miguel A Quintero, Presidente, Rafael Delgado Secretario de Deportes, Andrés Díaz, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Arturo Hernández, Secretario de Actas, Cira Negretti, Secretaría de Correspondencia, Celso Pozo, Secretario de Finanzas, Fernando Luzardo, Secretario de Reclamos, Edison Quintero Primer Vocal, Alves Andrades, Segundo Vocal, y Henry Reyes Tercer Vocal fueron excluidos de la junta directiva José M Perdomo, Alejo Henríquez, Edison Herrera, Arístides Rosal y Nelson Basabe. En el mismo expediente reposa comunicación de la federación de trabajadores del Zulia (FETRAZULIA) de fecha 5 de Abril de 1984, en la que indican que la junta directiva de (SOLUZ) esta integrada por: Miguel A Quintero, Presidente, José M Perdomo, Secretario de Deportes, Alejo Henríquez, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Arturo Hernández, Secretario de Actas, Edison Herrera, Secretario de Correspondencia, Celso Pozo, Secretario de Finanzas, Arístides Rosal, Secretario de Reclamos, Nelson Basabe, Primer Vocal, Rafael Delgado, Segundo Vocal, Henry Reyes Tercer Vocal. Fetrazulia ratifica la junta directiva nombrada en la asamblea del 2 de Septiembre de 1983. La crisis interna se acrecienta y con fecha 9 de mayo de 1984 reposa en el mismo expediente un oficio y actas del 8 y 9 de mayo del mismo en que se manifiesta que la junta directiva es la siguiente: Edison Herrera S, Presidente, Alejo Enrique C, Secretario de Vigilancia y Disciplina, José M Perdomo G, Secretario de Deportes, Elisaul Añez, Secretario Actas, Rafael Hernández, Secretario de Correspondencia, Pedro J Colmenares, Secretario de Finanzas, Arístides Rosal, Secretario de Reclamos, Nelson J Basabe Primer Vocal, William Sánchez, Segundo Vocal, Ramón I Matheus, Tercer Vocal, en esta junta directiva fueron excluidos Miguel Quintero, Rafael Delgado, Andrés Díaz, Arturo Hernández, Cira Negrete, Celso Pozo, Fernando Luzardo, Edison Quintero, y Henry Reyes. Mientras todo esta división se profundizaba con la aparición de un Sindicato paralelo denominado Sintraluz constituido en el año 1984, este sindicato fue impulsado por Hugo Soto Socorro secretario del buro sindical de acción democrática en el Estado Zulia; y después de un largo y tormentoso recorrido con graves perdidas para los Trabajadores ya a finales de 1984 comienza a intervenir un grupo de Trabajadores con el objeto de mediar entre los grupos en conflicto a quienes irónicamente los llamaron grupo contadora logrando este grupo concretar el llamado a un proceso electoral Democrático y Transparente en este proceso electoral participaron tres planchas una encabezada por William Fuenmayor (AD) Nelson Basabe (COPEI) e Ildemaro Cardozo (Grupo Contadora) denominado el equipo del consenso de allí resulto electa la junta directiva, y que según oficio de 14 de mayo de 1985 acompañado de actas con fechas 16 de Abril de 1985 y 3 y 4 de Mayo de1985, esta quedo conformada de la siguiente manera: Ildemaro G, Cardozo G, Presidente, Nelson Rosales, Secretario de Deportes, Pedro Colmenares, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Elisaul Añez, Secretario Actas, William Fuenmayor, Secretario de Correspondencia, Nelson Basabe, Secretario de Finanzas, Alberto Ríos C, Secretario de Reclamos, Benito Cardozo, Primer Vocal, Eudo Prieto, Segundo Vocal, Jesús Reyes Tercer Vocal, en este proceso electoral resultaron electos tres directivos: William Fuenmayor, Alberto Ríos y Jesús Reyes; quienes acompañados de Rafael Goyo, José Abreu, etc. Venían de pertenecer a la junta directiva de SINTRALUZ Sindicato Paralelo constituido producto de la misma crisis y de esta manera se concluye con el conflicto intersindical, y con la firma del acta del V Contrato Colectivo de Trabajo que textualmente dice lo siguiente: REPÚBLICA DE VENEZUELA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA. En Caracas a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, en horas de la mañana, reunidos en el Despacho del Procurador General de República, su titular Dr. Luis Beltrán Guerra G. quien suscribe el presente instrumento de conformidad con las atribuciones que le confiere el instructivo Nº 17 de fecha 27 de Mayo de 1975, dictado por el ciudadano Presidente de la República y publicado en la Gaceta Oficial Nº 30.708 del 2 de Junio de 1975, la UNIVERSIDAD DEL ZULIA representada en este acto por su Rector Dr. José Ferrer G. quien actúa debidamente autorizado mediante reunión ordinaria del Consejo Universitario celebrada el 30 de Octubre de 1985; por una parte y por la otra el SINDICATO DE OBREROS DE LA UNIVERSIDAD DE ZULIA (SOLUZ) representado por los ciudadanos Ildemaro Cardozo G, Presidente; Nelson Trinidad Rosales B, Secretario de Deportes ; Nelson José Basabe, Secretario de Finanzas; y Alberto Ríos Castillo, Secretario de Reclamos, procedieron a la firma de la Contratación Colectiva de Trabajo que regirá para los trabajadores al servicio de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA (LUZ), de acuerdo a lo contenido en las cláusulas que continúan desde 01 a la 114. Con una duración de 26 meses. Este Contrato fue denominado de la transición y la recuperación de la Organización Sindical en el mismo se obtuvo un aumento de quince (15) bolívares diarios con una inflación ubicada en promedio de 9,1% en ese año más cinco (5) bolívares de aumento diarios por acuerdo CTV/Gobierno. Este Contrato Colectivo que inicialmente se había convenido en una duración de 26 meses fue prorrogado en un año más con el reconocimiento por parte de la Universidad del Zulia de los beneficios contenidos en el Convenio CTV/GOBIERNO. En febrero de 1.986 después de haberse realizado el primer encuentro en la UCV, el segundo en la UC, el tercero en la USB, el cuarto en LUZ, fue en la Universidad Rómulo Gallegos en la Ciudad de San Juan de los Morros Estado Guárico en el mes de Diciembre de 1.986 cuando se constituye la Federación de Sindicatos de Obreros de la Educación Superior de Venezuela (FENASOESV), figurando como integrantes de la primera directiva presidida por Cayetano García los compañeros de SOLUZ Ildemaro Cardozo Tesorero, Nelson Basabe, Elisaul Añez, Pedro Colmenares y Ciro Villalobos como miembros del Comité Ejecutivo constituyente. En el año 1.988 el 20 de junio se firma un nuevo convenio CTV/Gobierno. En el año 1989 el Gobierno Nacional ordena la ejecución de unas medidas, económicas, antipopulares; impuesta por el fondo monetario internacional, estas medidas hace que estalle la crisis política en el país con una manifestación en las ciudades Capitales de la República ocasionándose un enfrentamiento entre pueblo y las fuerzas represivas del Gobierno incluyendo fuerzas militares trayendo como resultado, centenares de ciudadanos muertos, el 10 de Diciembre de ese mismo año los gremios presididos por Br. Alexis Andarcia Presidente encargado de la FCU de LUZ, Omar Muñoz Presidente de APUZ, Edgar Mújica Presidente de ASDELUZ; y Ildemaro Cardozo Presidente de SOLUZ, organizaron una protesta en la calle para defender la Autonomía Universitaria y un Justo Presupuesto para LUZ en la que Ildemaro Cardozo dijo en parte de su discurso lo siguiente: Los gremios y la comunidad Regional debemos luchar por obtener mayor presupuesto, pero afirma el monto de esta asignación económica no debe ser discutida en el Congreso Nacional sino en la Asamblea Legislativa Regional, para lo cuál será positiva la Ley de transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados. Luego en el año 1990, resulta electa la nueva Directiva del Sindicato de Obreros quedando integrada de la siguiente manera: Ildemaro Cardozo, Presidente, Pedro Colmenares, Secretario de Vigilancia y Disciplina, José Oscar Hernández, Secretario de Actas, Atiliano Patiño, Secretario de Finanzas, Omer Moreno, Secretario de Deportes, Edin Morales, Secretario de Correspondencia, Juan Z Alvarado, Secretario de Reclamos. Inmediatamente esta junta directiva se dedico a tiempo completo a luchar por la firma de la VI Contratación Colectiva de Trabajo que según el acta fue firmada el día 30 de Octubre de 1990 y que textualmente dice En Maracaibo, a los treinta días del mes de Octubre de mil novecientos noventa, siendo las Once de la mañana (11 am.), presentes en el Despacho de la Inspectoria del Trabajo en el Estado Zulia, por ante la sala del Inspector Jefe I, Los ciudadanos José Itamar Canelón, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 2.444.033, actuando con el carácter de representante de la Universidad del Zulia, en representación de la Rectora Lic. Imelda Rincón de Maldonado; por una parte y por la otra Ildemaro G Cardozo G. cedula de identidad Nº. 3.379.748, Omer Moreno, cedula de identidad Nº. 4.764.028, José Oscar Hernández, cedula de identidad Nº. 4.752.942, Edin Enrique Morales, cedula de identidad Nº. 2.866.532; Atiliano Benito Patiño, cedula Nº. 2.867.044, Juan Zodey Alvarado, cedula de identidad Nº. 4.146.302, Ramón José Villavicencio, Nº. 5.050.488, en su condición de Presidente, Sec. de Deportes, Sec. de Actas, Sec. de Correspondencia, Sec. de Finanzas, Sec. de Reclamos y Vocal, respectivamente del Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ), Consignamos en este mismo acto por quintuplicado un Contrato Colectivo del Trabajo, suscrito entre la Universidad del Zulia (LUZ) y el Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ), en nombre de los obreros que laboran en la Universidad del Zulia. Asimismo consignamos formas S, Costos y tabulador o lista de cargos con los respectivos salarios. El presente Contrato consta de ciento trece (113) Cláusulas, tendrá una duración de dos (2) años, contados a partir del primero de Enero de 1990. Se benefician con el Contrato un mil ciento once (1.111) trabajadores. El despacho, recibe la documentación contractual presentada, a los fines de resolver por separado lo conducente. Termino se leyó y conforme firman. También se lee un mensaje que dice: Compañero Obrero, la Junta Directiva y los delegados te estamos haciendo entrega de un ejemplar del VI Contrato Colectivo de Trabajo. Documento que debe servirte de instrumento para conocer cuales son tus derechos, obligaciones y deberes. En cada una de las ciento trece (113) cláusulas, están contenidas las normas Sindicales, Sociales y Económicas, logros obtenidos por la unidad, constancia y dedicación de la comisión que tuvo la responsabilidad en representación de Sindicato de llevar adelante y a feliz conclusión este Contrato Colectivo, pero tengo que mencionar que todas las reivindicaciones de las cuales disfrutamos en este momento, se obtuvieron gracias al respaldo y la confianza que cada uno de los obreros de la Universidad del Zulia, demostró, en todo momento, a la junta directiva y a la comisión negociadora. Ahora, nos corresponde la parte mas importante: el cumplimiento de cada una e sus Cláusulas, es por lo que todos los obreros debemos estar a la vanguardia, y vigilantes para que no se viole ni una coma de esta Contratación Colectiva. Compañero obrero: el país atraviesa una grave crisis social, económica, política y moral, debido a ello, debemos permanecer unidos en nuestra organización sindical para enfrentar a quienes solo luchan por intereses subalternos, individuales o de grupos, sacrificando el interés colectivo y en contra del bienestar social de la clase obrera. Por la junta directiva. Ildemaro G Cardozo G. Presidente. En este Contrato Colectivo se logro un aumento de salario de ciento cuarenta y ocho (148) bolívares diarios con una inflación de 36,5% en ese año. Otro logro es la cláusula 69 Pago en Ausencia o de sobré vivencia, y quizás la mejor conquista es la cláusula 102 beneficios de los obreros jubilados y pensionados esta cláusula contempla para este personal jubilado todo los beneficios igual a los obreros activos, que en los Contratos anteriores los beneficios eran discriminados. Con esta Contratación Colectiva se hizo respetar la autonomía Universitaria que había sido vulnerada por un decreto presidencial que obligaba a las Universidades a discutir los Contratos en la Capital de la República. Esta Contratación Colectiva fue firmada por la primera mujer Rectora la Licenciada Imelda Rincón de Maldonado y en un proceso totalmente conciliatorio también se firmo el compromiso de hacer efectivos el acuerdo de la CTV/Gobierno y la regularización de los obreros que venían prestando servicio sin reconocimientos de sus derechos este fue el convenio 1. Incremento del ciento por ciento de las primas por hijos del año 1.990. Concepto de refrigerio de los años 90 y 91; 3. Bono único de seis mil bolívares (Bs. 6.000) 4. Un día adicional del bono vacacional de los años 90 y 91; 5. Bono único de veinticuatro mil bolívares (24.000Bs) 6. Uniformes de los años 90, 91,92. Bono de tres mil bolívares mensuales (Bs.3.000) para los chóferes del transporte estudiantil. 8. Regulación del personal obrero de (DIMO y DOAA). Para el mes de Septiembre de 1.991 por instrucciones de la junta directiva de SOLUZ Br. Ernesto Cuenca Estudiante de la Escuela de Petróleo de la Facultad de Ingeniería de LUZ compuso esta gaita con motivo de los 25 Años de SOLUZ; el Estribillo dice así: Luchar, Unidad y Firmeza es la meta de SOLUZ, cumple veinticinco años siempre al servicio de LUZ, se fundo el tres de Septiembre del año sesenta y seis la paz laboral la veis obrero siempre en Soluz. Y los versos dicen así: I. La primera directiva presidio Iván Villalobos con Brinolfo, Benedicto Jesús, Rafael y Antonio Hermeciades y Jaime Dionisio, Emiro y Adán en SOLUZ aún están muchos miembros de ese tràiner. II. El segundo presidente del sindicato de obreros ese fue Rafael Montero un hombre muy eficiente ocho cuatro (84) y ocho cinco (85) fueron años de bandadas, ya SOLUZ mal caminaba pero no se hundió el recinto. III. Gana Ildemaro Cardozo presidencia de SOLUZ Mayo del Ochenta y cinco para gobernar SOLUZ logra el actual presidente rescatar el sindicato que brincaba como un gato salvándolo hasta el presente. IV. Faltándole cuatro meses para la jubilación juegan malos interese Iván pierde así el empleo no valió aquella traición porque Iván volvió a SOLUZ Cardozo logra salvarlo y que le paguen por LUZ. V. Practica el deporte bolas criollas y sofbool fub-bolito, bolibol da al obrero gran aporte tienen la pequeña liga cualquier niño va a jugar nunca va a menospreciar su gran misión deportiva. Letra y música del compositor Br Ernesto Cuenca Mara de Oro 1.990, solista Heber Villalobos actual secretario general de soluz. Transcurrido los dos años de vigencia del contrato colectivo la junta directiva presento un nuevo proyecto para ser negociado con la representación de la Universidad el cual no fue posible lograr por la vía de la conciliación y la paz por la intransigencia de la representación de la Universidad bajo la Rectoría del Dr. Ángel Lombardi y después de ochenta y cuatro (84) días huelga y haber sometido a consulta de los obreros la propuesta de la las autoridades del día 12-08-93 en un referéndum que según acta de escrutinios que textualmente dice: Siendo las 3:00 p.m. del día martes 17-08-93 en presencia los ciudadanos José Luis Acosta Representante de la Federación de Centros Universitarios y el Consejo Universitario C.I. Nº 7.709972, Eglee Zambrano Estudiante de Ingeniería Química, C.I .Nº 12.513.261; Edgar Mújica, Presidente de ASDELUZ, C.I. Nº 4709.544; Gonzalo Chaparro, Secretario de jubilados y Pensionados de ASDELUZ, C.I. Nº 1.088.914, Ingeniero Roberto Urrieta, Empleado de LUZ, C.I Nº 3.779.228 y Señor Pedro Cárdenas, Empleado de LUZ, C.I Nº 4.994.445, procedieron a destapar las urnas de la consulta convocada por el Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ). Siendo las 3:55 pm. se dio por terminado el conteo arrojando el siguiente resultado: votos a favor de la propuesta de LUZ Doce (12) votos y en contra de la propuesta de LUZ Ochocientos cincuenta y cuatro (854) votos, y votos nulo cinco (05) total de votos Ochocientos setenta y uno (871) conformen firman los testigos. Es de hacer notar que el Rector Lombardi quien públicamente fue el proponente no envió su representación como testigo para el referéndum realizado. Después de haber sacrificado a la institución por el periodo de casi tres meses se llego a un acuerdo contenido en la siguiente acta: en el día de hoy veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y tres, reunido en el despacho del rector de la Universidad del Zulia (LUZ), los ciudadanos: Ángel Lombardi, titular de la Cedula de Identidad Nº. 3.114.807; el Lic. Antonio Castejón, Titular de la Cedula de Identidad Nº 1.176.799; Economista Neuro Villalobos, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 2.867.330; Ingeniero Ángel Lerreal, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 3.262.039; actuando en este acto con los caracteres de Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Secretario de la Universidad del Zulia, respectivamente asistidos en este acto por el Dr. Gustavo Montero Proaño, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 2.861.181 e inscrito en el impreabogado bajo el Nº 23009, Jefe del departamento Legal y Consultoria Jurídica de la misma Universidad, por una parte; y por la otra los miembros de la Junta Directiva del sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (SOLUZ), Ildemaro Cardozo, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 3.379.748, Secretario General; Omer Moreno, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 4.764.028, Secretario de Organización; Oscar Hernández, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 4.752.942, Secretario de Finanzas; Edin Morales, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 2.866.532, Secretario de Reclamo; Eleticia Rosario, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 2.866.655, Secretaria de Actas; Ciro Villalobos, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 3.778.820, Secretario de Propaganda; Edison Paz, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 4.153.813, Secretario de Relaciones Públicas y Opinión; Alcides Silva, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 5.851.148, Secretario de Deportes, actuando en este acto con los caracteres antes mencionados, asistido por Luis Fereira Molero, Abogado en el ejercicio, Titular de la Cedula de Identidad, Nº 1.695.687, e inscrito en el impreabogado bajo el Nº 5989, y expusieron: a los efectos de este documento la Universidad del Zulia se denominara (LUZ); y el sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia de denominara (SOLUZ), ambas partes; considerando: a) que existe una real critica y dramática situación presupuestaria, financiera y laboral en la Universidad del Zulia, producto del insuficiente presupuesto asignado en 1993, el peso de las deudas de años anteriores y de las prestaciones causadas y no pagadas hasta el presente año. b) que con la anterior situación apenas es posible cumplir a partir del mes de Junio de 1993, con las obligaciones mínimas y rígidas del pago de nómina, aporte a los servicios de salud, atender a medias el funcionamiento mínimo de la academia y cubrir el gasto mínimo de funcionamiento administrativo. c) Que todavía esta en discusión y en consecuencia sujeto a gran incertidumbre, en las más altas esferas del Estado Venezolano, lo concerniente de acuerdo al presupuesto complementario de 1993. d) que se reconoce que solo una unidad de acción de todas las autoridades, gremios y comunidad universitaria podrán eventualmente garantizar el logro del justo y adecuado presupuesto complementario de 1993, que permitirá mantener en el presente y en el futuro el normal funcionamiento de la universidad. Con el animo de dar por terminado el conflicto de trabajo que afecta a la Universidad del Zulia y con el animo de celebrar la nueva convención colectiva de trabajo que habrá de regir en dicha universidad desde el 01 de Enero de 1993 hasta el 31 de Diciembre de 1994, hemos convenido en lo siguiente:1) SOLUZ acepta la siguiente propuesta formulada por LUZ, relativa a las cláusulas del proyecto de contrato colectivo presentado por SOLUZ, ante la inspectoría del trabajo del Estado Zulia, que a continuación se especifica: 1.1) Cláusula 80 aumento salarial, ciento diez bolívares (Bs. 110) diarios. 1.2) Cláusula 100 prima asistencial, un mil quinientos (Bs.1.500) mensuales, a partir del 01-01-93 hasta 31-12-93 y un incremento de bolívares 500 a partir del 01-01-04. 1.3) Cláusula 90 bono para chóferes, un mil bolívares (Bs. 1000) de incremento mensual, en relación con el monto establecido en el contrato de trabajo LUZ-SOLUZ, cláusula 96. 1.4) Cláusula 92 bono único por retraso en la firma de contrato cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000) para cada obrero y por una sola vez. 2) LUZ mantiene la oferta que consigno por la inspectoria del trabajo del Estado Zulia en fecha 31-05 y 09-06 del 93 en lo relativo a la siguiente cláusula: 2.1) Cláusula 14 eventos sindicales, permisos remunerados y gastos. 2.2) Cláusula 31 becas para educación preescolar, básica, secundaria, universitaria y de niños excepcionales. 2.3) Cláusula 35 y 44 pago por comida. 2.3) Cláusula 45 viáticos. 2.5) Cláusula 48 útiles de trabajo, uniformes y zapatos. 2.6) Cláusula 54 remuneración por horas extraordinaria. 2.7) Cláusulas 58 y 59 matrimonio y nacimiento. 2.8) Cláusula 61 juguetes. 2.9) Cláusula 79 transporte hacia las haciendas. 3) Queda expresamente convenido entre las partes LUZ y SOLUZ que durante la vigencia del presente acuerdo no se aplicara el tabulador, contemplado en la cláusula Nº 97 del vigente contrato colectivo LUZ-SOLUZ. 4) Las restantes cláusulas del vigente contrato colectivo LUZ-SOLUZ permanecerán inalterables en sus alcances y montos. 5) Cualquier pago producto de este acuerdo, se hará una vez recibido los recursos del presupuesto complementario de 1993. 6) La efectividad del nuevo contrato colectivo LUZ-SOLUZ basado sobre los puntos 1, 2, 3,4, del presente acuerdo, será a partir del 01-01-93 y tendrá una duración de 2 años. 7) Con la Firma del presente acuerdo la Directiva de SOLUZ se compromete a ordenar y garantizar la inmediata incorporación de sus agremiados a sus actividades. 8) SOLUZ acepta que para poder dar cumplimiento a los acuerdos suscriptos en el presente documento, LUZ utilice la cantidad de treinta y nueve millones de bolívares (Bs.39.000.000) correspondiente a los aportes asignados por la oficina de planificación del sector universitario (OPSU), para la contratación colectiva, para los años 92 y 93 y así lo declara expresamente el sindicato, no quedando ningún monto pendiente por este concepto, que pudiera reclamarse, por cuanto SOLUZ acepta que la distribución de ese aporte de la OPSU, sea precisamente para cubrir en parte los montos en los que se incrementan los beneficios estipulados en las cláusulas precedentemente detalladas. 9) las partes, LUZ y SOLUZ, se comprometen a designar una comisión paritaria, integrada por cuatro miembros, dos (2) designados por cada una de las partes a los fines de elaborar un estudio de factibilidad de implementación del Servicio Medico Odontológico para el personal Obrero de LUZ, en un plazo no mayor de dos (2) meses, el cual deberá ser sometido a la consideración de las máximas autoridades universitarias y consejos universitarios de LUZ. En caso de que el citado estudio de factibilidad resultara positivo a los fines de implementar los servicios médicos odontológicos y LUZ reciba la asignación de los recursos específicamente destinados para ellos se procederá a su puesta en marcha de acuerdo a los resultados de sus estudios realizados. 10) LUZ concederá a su personal obrero su periodo de vacaciones colectivas contractualmente convenida durante el mes de septiembre del presente año. 11) LUZ y SOLUZ acuerdan que las calificaciones de despido de los obreros de LUZ solicitadas por ante la inspectora del trabajo del Estado Zulia por faltas cometidas durante el presente conflicto, serán sometidas a la consideración de la comisión bipartita LUZ-SOLUZ, quien decidirá al respecto. 12) Un ejemplar del presente acuerdo, debidamente suscrito por las partes, será consignado ante la inspectoria del trabajo del estado Zulia. LUZ declara expresamente que, atenol de lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Trabajo no pagara los salarios que devengarían su personal obrero, si hubiera elaborado durante el periodo que se mantuvo la suspensión de actividades por parte de SOLUZ. Por su parte el sindicato se reserva expresamente el derecho a intentar cualquier tipo de acción laboral ante los tribunales ordinarios de trabajo para ser efectivos los derechos que les consagran a los trabajadores la ley Orgánica del Trabajo. Ambas partes se comprometen a redactar en forma definitiva la nueva convención colectivo que regirá las relaciones ente la Universidad y sus obreros desde el 01 de enero de 1993 hasta el 31 de diciembre de 1994 tomando en cuanta los acuerdos mencionados en esta acta y depositarla legalmente a la Inspectoría de Trabajo del Estado Zulia. Ambas partes acordamos la siguiente transacción la cual se regirá por lo dispuesto en el articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y los artículos 1713 a 1723 del código civil y por las siguientes cláusulas: Primera los obreros representados en este acto por el Sindicato se comprometen a reanudar sus actividades ordinarias como obreros de la Universidad del Zulia a partir del 01-09-1993. Segunda la Universidad por su parte se compromete a pagarles a los obreros que sean acreedores a ello los salarios correspondientes al periodo vacacional de conformidad a las cláusulas 77 y 78 del Contrato Colectivo que tiene suscrito las dos partes para cubrir los beneficios correspondientes al periodo vacacional de 1993. Tercera La Universidad, para darle cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo y en virtud de que los obreros van a prestar sus servicios en días de descanso, a cancelarle un salario y medio (½) adicional aquellos obreros que efectivamente presten sus servicios en esos días. Se deja constancia que estuvo presente en el otorgamiento de este documento el ciudadano inspector del trabajo del Estado Zulia, el Dr. Jairo Guillen, termino se leyó y conformes firman. Este seria entonces el VII y el último Contrato Colectivo LUZ/SOLUZ. En el cual se obtuvo un aumento de salario de 177 bolívares diarios con una inflación de 45,9%, para ese año, una bonificación de 40.000 bolívares por una sola vez, un día medio (½) de salario adicional por los días de vacaciones y una prima asistencial de bolívares 2.000 mensuales. Uno de los puntos que prolongo este conflicto fue la posición de las autoridades que pretendían incluir en nuestra Contratación Colectiva una cláusula que eliminaría la cláusula de contingencia o de extensión de beneficios ratificada posteriormente en convenio nacional. Para los dias del 15, hasta el 17 de septiembre de 1993. El Vice Rectorado Académico Organizo el Seminario Taller Misión de la Universidad y las Políticas Gremiales en el cual se presentaron varias ponencias responsabilizando a los gremios por la crisis de la Universidad y no de sus propios gerentes. SOLUZ con el propósito de aportar conocimientos y experiencias, participamos con nuestra ponencia “Anotaciones Sobre la Problemática Laboral en las Universidades Nacionales. Conceptualizacion y Operatividad” expuesto por el Dr. Luis Fereira Molero, Consultor Jurídico de la organización sindical soluz. I. La problemática laboral de las Universidades especialmente en el aspecto operativo tiene su origen en varios factores: 1. La dificultad en el manejo de los fondos financieros y económicos para cubrir las obligaciones laborales de los obreros, debido a los siguientes factores: a) Los fondos provienen del estado venezolano con todos los inconvenientes que esto significa. b) Los trámites administrativos internos de la universidad que son lentos, hasta el extremo muchas veces se traducen en las violaciones a las disposiciones laborales. 2) La estructura interna de la universidad dividida en facultades y en direcciones con gobierno prácticamente independiente que muchas veces por necesidades o por otras causas proceden a tomar decisiones que afectan el aspecto laboral y que son desconocidas por la oficina central de personal. 3) La carencia de un buen departamento de recursos humanos con gente calificada, con experiencia dotada de todos los recursos tecnológicos adecuados y con formación especializadas en el manejo de los recursos humanos dividido en departamentos necesarios para cubrir todo lo relacionado al personal, tales como: selección y empleo, adiestramiento, nomina, relaciones sindicales, contratación colectiva y servicios al personal. 4) la falta de apoyo y soporte de un departamento legal especializado en el derecho del trabajo para el manejo: a) De las reclamaciones administrativas ante la inspectoría del trabajo. b) De los juicios laborales ante los tribunales del trabajo. c) De la discusión de la contratación colectiva del asesoramiento para la toma de decisiones y presentación de informes relacionados con la problemática de personal. Eso trae como consecuencia: que en la universidad no funciona un buen departamento de selección y empleo con un banco de aspirantes al trabajo. b) La imposibilidad de seleccionar a los mejores después de haberle hecho las pruebas adecuadas. c) Que ingresen personas por las facultades sin estar ni siquiera registradas en el departamento de personal como sucedió con más de doscientos obreros llamados realengos. d) Que se efectúen pagos no centralizado. e) que se efectúen pagos súper atrasados, como es el caso del sobre tiempo que muchas veces tarda hasta cinco o seis meses para ser cobrado por el trabajador. f) que no se hagan las deducciones por trabajo no efectuado como cuando falta un obrero y la deducción se la hacen a los meses trayendo como consecuencia el pendón de la falta. g) se utiliza las formula del nombramiento como si el obrero fuera funcionario público. h) no existe la seguridad industrial a pesar de que se trabaja en algunos departamentos con materiales contaminantes, como mercurio, plomo, entre otros, y el pago de las prestaciones sociales son retrasados por meses con siguiente pagó de los salarios caídos. j) No existe un programa organizado de adiestramiento para los obreros. k) No existe un departamento de trabajo social para conocer la situación social y familiar de los obreros. 5) No existe un manual de descripción de cargo de los obreros. Consideramos que la universidad urgentemente se debe avocar a la solución de estos grabe problemas. Luego se firmo el siguiente acuerdo: ACTA: Hoy 28-01-1994 reunidos el Director de la oficina de planificación del sector Universitario (OPSU). Dr. José Antonio Pimental; y por la otra parte los Secretarios Generales de los Sindicatos de los Obreros de las Universidades Nacionales: Ildemaro Cardozo (SOLUZ), Carlos Álvarez (SOUC), Ronald Zapata (SOULA), Orlando Mendoza (SOUSB), Enrique Quintero (SOCUCV); para negociar las condiciones laborales del personal obrero que trabaja en estas instituciones, en el periodo 94-95 y analizar las recomendaciones aprobadas por el (CNU), en su resolución Nº 25, acta 271 del 10-08-1993, las cuales permiten concretar el Acuerdo Laboral para el sector obrero durante el periodo mencionado. Al respecto se propone lo siguiente: 1. Incremento de salario. 1.1. Aumentar a partir del 01-01-1994, Bs. 6.400 mensuales al personal obrero que devengue un Salario inferior a Bs. 16.000 mensuales. Queda entendido que los trabajadores cuyo salario sea inferior a Bs. 13.200 mensuales, deben ser nivelados a ese monto previamente para luego aplicarles el aumento propuesto 6.400 mensuales. 1.2. Aumentar a partir del 01-01-94, al personal obrero que devengue salarios iguales o superiores a Bs. 16.000, mensuales un porcentaje equivalente al 40% calculado sobre el salario básico del cargo, y las compensaciones por antigüedad, escalafón , eficiencia y meritos. 1.3. Aumentar a partir del 01-01-95, los salarios de los obreros en un 40% calculados sobre los salarios devengados al 31-12-94, incluyendo básicos del cargo, antigüedad, escalafón, eficiencia y meritos. Incluir en el salario de ingreso del personal obrero al sector universitario, los acuerdos remunerativos que apruebe el C.N.U. para el periodo 94-95. Concluir en el año 94 los estudios referentes al manual de cargos y tabulador de salarios. Una vez finalizado el estudio se llevara a conocimiento de las representaciones sindicales, y una vez satisfechos los aspectos legales y presupuestarios se implementaran a partir del 01-01-95. 2. Beneficios socios económicos: 2.1 Establecer una Bonificación Especial Equivalente a Bs. 2.000 mensuales por obrero a partir del 01-01-94, y Bs. 2.500, a partir del 01-01-95. Esta bonificación será imputada a los beneficios socios económicos que de común acuerdo señalen las representaciones sindicales. 2.2. Mantener para el personal obrero, las bases mínimas de cálculos de los siguientes beneficios: Bono Vacacional 45 días de salario integral, Bono de fin de año 45 días de salario integral, Caja de Ahorros 10% de salario, El concepto de salario será definido por la comisión técnica. 3. Prestaciones Sociales: 3.1.Homologar en forma progresiva el reconocimiento de los días a bonificar por concepto de prestaciones sociales, en particular llevar a 45 días de salario integral en el año 1.994, a las Universidades que actualmente tienen una base de cálculo menor. 4. Otros Beneficios: 4.1. Destinar un porcentaje para cada uno de los años de vigencia de este convenio equivalente al 4% de la nomina de salarios anuales del personal obrero, a los efectos de complementar beneficios, tales como: útiles escolares juguetes etc. 4.2. Proponer un fondo para uno de los años de vigencia de este convenio, equivalente al 2.60 % de la nomina de salarios anuales del personal obrero, para fortalecer y cumplir con planes de previsión social. 4.3. Considerar para cada uno de los años de vigencia del convenio, el equivalente al 2,05% del la nomina de sueldos anuales del personal obrero para la cancelación de anticipo de prestaciones sociales. 4.4. Destinar recursos para la adquisición, acondicionamiento, mantenimiento y funcionamiento administrativo de la sede de los Sindicatos. La cantidad será convenida oportunamente y recogida en el acta que al efecto se elabore. La asignación de estos fondos se hará a través del presupuesto del presupuesto de la oficina técnica del C.N.U., para su posterior transferencia en función de los documentos que al efecto remitan los Sindicatos. 5. Otros Aspectos: 5.1. Si por Decretos Presidenciales, Leyes o acuerdos CTV-Gobierno, se aprobara para los trabajadores aumentos en su remuneración, superiores a los aumentos propuestos en la presente acta; deberá reconocerse a los obreros Universitarios la diferencia correspondiente hasta alcanzar los niveles porcentuales o absolutos aprobados por el Ejecutivo. 5.2. Si en los Acuerdos Nacionales con otros Gremios de Educación Superior, se obtienen incrementos Salariales o Beneficios Socio Económicos Superiores a los propuestos en la presente acta; deberá reconocerse al personal obrero la diferencia correspondencia hasta alcanzar los niveles porcentuales o absolutos, fijados en dichos gremios. 5.3. Estudiar las condiciones y montos de las primas de antigüedad asignadas al personal obrero, cualquier incremento que al respecto se prorroga, deberá hacerse efectivo a partir del 01-01-95. Los términos de este concepto serán analizados por la comisión técnica. 5.4. Los Acuerdos convenidos en la presenta acta formaran al momento de su firma partes integrantes de las contrataciones colectivas que actualmente mantienen estos Sindicatos con sus respectivas Universidades. 6. Comisión Técnica: Designar una comisión técnica integrada por representantes de la OPSU, Núcleo de Vice-Rectores Administrativos y representantes de los Sindicatos Universitarios que suscriben este Acuerdo, la cual tratara entre otros aspectos, los siguientes puntos: Revisar el concepto de sueldo integral a los efectos del calculo del Bono Vacacional, Bonificación de Fin de Año y Prestaciones Sociales. Elaborar la normativa para que el manejo y distribución de los anticipos por concepto de prestaciones sociales se efectuara sobre bases uniformes. Análisis sobre la situación actual y proyección de las pólizas de seguros colectivos de Hospitalización, Cirugía, Maternidad y Vida con la finalidad de proponer fuentes de financiamientos. Elaboración de instrumentos para facilitar la implementación de los Acuerdos. Aclarar las dudas sobre la aplicación de los Acuerdos. Observaciones finales de la oficina de planificación del sector Universitario. En cuanto al financiamiento del posible Acuerdo 1.994-1.995. Se observa que los Acuerdos Gremiales aprobados hasta la fecha por el C.N.U., siempre han contado con la disponibilidad de recursos presupuestarios para el momento de finalización de las negociaciones. En esta oportunidad la situación fiscal y política del país no ha permitido tener la definición sobre fuentes y montos financieros necesarios para atenderlos. En razón a ello se propone que el C.N.U., realice las gestiones a fin de obtener los recursos que permitan la materialización del Acuerdo definitivo en el transcurso del primer semestre del año 1.994. Se propone que en el acuerdo definitivo se incorpore los planteamientos contenidos en las normas de austeridad referidas a la prohibición de aprobar por acuerdos institucionales con los Sindicatos de Obreros, incrementos Salariales y en los beneficios Socio-Económicos, que son discutidos y convenidos por el C.N.U. Las proposiciones contenidas en esta acta serán llevadas por OPSU ha conocimiento de los miembros de la comisión designada por el Ministerio de Educación, para el estudio de esta materia. Igualmente a los integrantes de las otras Organizaciones Sindicales que representan al Personal Obrero que labora en las Universidades Nacionales, con el objeto de armonizar y compatibilizar las propuestas que hasta la fecha se han planteado y de esta manera poder concluir las negociaciones que conduzcan al Acuerdo que debe ser llevado a la consideración del C.N.U. De las representaciones Sindicales: Las representaciones Sindicales proponen, estudiar la posibilidad de llevar a sesenta (60) días la base de cálculo de las Prestaciones Sociales, Bono Vacacional y Bono de Fin de Año a partir de 01-01-1.995. Las representaciones Sindicales solicitan al C.N.U. que la aplicación de los acuerdos contemplados en la presente actas haga efectivos en lapso del primer trimestre del año en curso. Termino se leyó y conforme firman en la sede de la Oficina de Planificación del Sector Universitario: Dr. José Antonio Pimentel Director, Ildemaro Cardozo Sec. General de SOLUZ, Carlos Álvarez Sec. General de SOUC, Ronald Zapata Sec. General de SOULA, Orlando Mendoza Sec. General USB, Enrique Quintero Sec. General SOCUCV. En este convenio se obtuvo un aumento del 40% para unos Salarios mensuales de 16.000 bolívares para el año 1.994. y una inflación promedio de 70.8% para ese año, y 40% para el año 1.995 para un Salario mensual de 22.400 bolívares con una inflación promedio para ese año 56.6% el logro mas importante de este convenio es el reconocimiento de salario integral para las prestaciones sociales. Es importante reseñar que en el año de 1994, un grupo de obreros impulsados por los dirigentes de la caja de ahorros de los obreros (CAPREOLUZ) y los dirigentes de la Federación Nacional (FENASOESV) activaron nuevamente el sindicato paralelo (SINTRALUZ) con el propósito de desviar los recursos logrados en la huelga de 1993 para financiar un servicio medico para el personal obrero, así a la caja de ahorros y lo lograron. Para el año 1.996. en los últimos días del mes de Abril se instala la comisión Electoral para la organización del proceso electoral y el acto de votación se fija para el día 22 de Mayo del mismo año; y según consta en acta participaron tres listados, el numero uno (1) encabezado por Edin Morales como Candidato para la Secretaria General, el numero dos (2) encabezado por Edgar González como Candidato para la Secretaria General, y el numero tres (3) encabezado por Oscar Hernández como Candidato para la Secretaria General; resultando triunfadores los Candidatos del listado numero uno (1), y según acta de totalización la nueva Junta Directiva quedo integrada de la manera siguiente: Edin Morales Romero, Secretario General, Alirio Arteaga Rodríguez, Secretario de Organización, Ciro Villalobos, Secretario de Finanzas, Freddy Medina, Secretario de Reclamos, Heber Villalobos Ch, Secretario de Propaganda, José Villa, Secretario de Actas, Jesús Romero González, Secretario de Asuntos Sociales y Vecinales, Fernando Sánchez, Secretario de Deportes, Gilmer Zambrano, Secretario de Relaciones Publicas y de Opinión, María Rubio, Secretaria de Vigilancia y Disciplina, Julio Márquez, Secretario de Turismo, Luis Álvarez, Secretario de Formación; y el Tribunal Disciplinario: Ramón Villavicencio, Presidente, William Sánchez, Secretario, Federico Carrasco, Primer Vocal, Josefa Zambrano, Segundo Vocal, Jorge Medina, Tercer Vocal, Pedro Villalobos, Primer Suplente, y Alberto Duran, Segundo Suplente. En este periodo se realizaron los primeros, y segundos juegos deportivos Nacionales de los obreros Universitarios los primeros en la cuidad de Mérida Estado Mérida y los segundos en la cuidad de Valencia Estado Carabobo correspondiéndole clasificaciones importantes a los atletas representantes de SOLUZ. También se realizo el primer plan vacacional. Así a los Estados Falcón y Mérida. Se firmo la primera Normativa Laboral en el ámbito Nacional clasificándose el tabulador o escalafón de cargos y salarios por niveles desde el nivel I, hasta el nivel VII. Entro en vigencia el Seguro de Hospitalización Cirugía y Maternidad con una Cobertura de Tres Millones de Bolívares (3.000.000Bs) al año. Y una bolsa Navideña también anual. Esta Junta Directiva participo activamente en la lucha Nacional por lograr un mayor presupuesto para las Universidades, entre ellas el cierre técnico ordenado por la Asociación de Rectores de Venezuela en el año 1.997. “En 1999. Se convoca un nuevo proceso electoral en este participaron dos (2) listados el numero uno (1) encabezado por Ciro Villalobos como Candidato para la Secretaria General y el numero dos (2) encabezado por Ildemaro Cardozo como Candidato a la Secretaria General resultando triunfadores los candidatos del listado numero uno (1). conformándose la junta directiva de la siguiente manera: Ciro Villalobos Secretario General, Heber Villalobos Secretario de Organización, Marcial Morales Secretario de Formación, Gilmer Zambrano Secretario de Reclamos, Fernando Sánchez Secretario de Deportes, Henry Reyes Secretario de Actas y Correspondencia, Jesús Romero Secretario de Finanzas, Marcos Arcay Secretario de Relaciones Publicas y Opinión, María Rubio Secretaria de Vigilancia y Disciplina, Johnny Wilgen Secretario de Turismo, Darwin Mora Secretario de Asuntos Sociales y Vecinales, y Fátima Pulgar Secretaria de Propaganda. Esta directiva fue electa para un periodo de tres años hasta el año dos mil dos”. Pero en el año 2001 dándole cumplimiento al referéndum Sindical se convoco el proceso de votaciones en ese año. En el cual participaron cuatro listados uno encabezado por Ciro Villalobos, Heber Villalobos, Alex Angulo, y Nelson Basabe; y según acta de Escrutinios la Junta Directiva quedo Integrada de la manera siguiente: Ciro Villalobos Secretario General del listado Nº 2, Fernando Sánchez Secretario de Organización del listado Nº 2, Marcial Morales Secretario de Finanzas del listado Nº 2, Nelson Basabe Secretario de Reclamos del listado Nº 1, Efraín Abreu Secretario de Actas y Correspondencia del listado Nº 2, Nancy Rosario Secretaria de Relaciones Publicas del listado Nº 2, Junio Sánchez Secretario de Deportes del Listado Nº 2, Darwin Mora Secretario de Propaganda del Listado Nº 2, Jon Jiménez Secretario de Asuntos Sociales y Vecinales del listado Nº 2, Danilo Molero Secretario de Turismo del listado Nº 2, José Urdaneta Secretario de Formación del listado Nº 2, Ricardo Carrasquero Secretario de Vigilancia y Disciplina del listado Nº 2, y como miembros del tribunal disciplinario, Alfredo González Presidente, Edgar Leal Secretario, Rubén Sandrea Primer Vocal, Robert Báez Segundo Vocal, Milagros Díaz Tercer Vocal. El Tribunal Disciplinario en su totalidad fue postulado en la lista Nº 3 encabezada por Heber Villalobos. La junta Directiva actual electa el año pasado 2005 esta conformada por Heber Villalobos Secretario General, Julio Márquez Secretario de Organización, José Chacin Secretario de Finanzas, Alex Angulo Secretario de Reclamos, Nerio Melean Secretario de Deportes, Eduardo Olivares Secretario de Propaganda, Nelson Delgado Secretario de Actas, Rómulo Añez Secretario de Asuntos Sociales y Vecinales, José Villalobos Secretario de Turismo, Gilmer Zambrano Secretario Relaciones Publicas y Opinión; y el tribunal disciplinario esta conformado de la manera siguiente: Aníbal Velásquez Presidente, y como miembros principales, Omar Molero, Milagro Díaz de Cardozo, Andy Ortega y Robert Álvarez. Esta es la actual directiva que se encuentra trabajando con el pliego de peticiones por incumplimiento del Contrato Colectivo y la Reforma de los Estatutos y la normativa laboral.
Queremos destacar la colaboración de los licenciados: Germán A Cardozo Martínez e Ildemaro S Cardozo Martínez.
Ildemaro G Cardozo G.