A QUIEN PUEDA INTERESAR

A QUIEN PUEDA INTERESAR
.Ildemaro German Cardozo Gutiérrez

viernes, 4 de diciembre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

Decreto Presidencial, Eliminación de los Contratos Colectivos la cláusula del HCM.

Señor presidente de la República Bolivariana de Venezuela; la cláusula del HCM en los contratos colectivos lograda por la lucha constante de la organización sindical y la negociación colectiva entre los empleadores y los trabajadores amparada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 96. ° Que dice textualmente lo siguiente: Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales. Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras; activos y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad.

Los trabajadores conjuntamente con nuestra organización sindical; y producto del desastre por el deterioro del sistema de salud pública nacional y el Instituto Venezolano del Seguros Sociales decidimos incluir como parte de la contratación colectiva los seguros de hospitalización cirugía y maternidad en virtud de la irresponsabilidad del Gobierno Nacional de implementar el mandato obligatorio contemplado en el Artículo 86. ° De la Constitución. Que textualmente dice lo siguiente: Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.

El presidente de la República en lugar de amenazar debe hacer honor a su juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes; entre ellas la ley del Seguro Social Obligatorio. Que en su Art. 1. Dice. La presente Ley rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarias y beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.

Ildemaro G Cardozo G.

martes, 24 de noviembre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

IMPORTANCIA DE LAS ELECCIONES PARLAMENTARIAS.

El próximo año los venezolanos tenemos nuevamente la oportunidad de salvar la democracia; para poner todos los poderes al servicio de toda la población sin distingo de ninguna naturaleza, Político, Raza, Credo Religioso o Condición Social y Económica; necesitamos una Asamblea Nacional plural en la que todos estemos representados para quienes resulten electos se hagan respetar; y se convierta en el escenario democrático por excelencia, represente el total de la población venezolana, tomen las decisiones transparentes con el nombramiento de los representantes en los otros Poderes Publicos: Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Rectores del Consejo Nacional Electoral, Fiscal General, Contralor General de la República, Defensor del Pueblo. Mujeres y hombres capaces, pero sobre todo de comprobada solvencia moral, para garantizar la independencia y autonomía de estos poderes. En un sistema democrático en el cual la población pueda confiar en sus decisiones; no como ocurre hoy que un solo individuo los tiene secuestrados y amordazados.

Para tener justicia social es necesario que todos, ciudadanas y ciudadanos debemos estar alerta con los ojos bien abiertos para que verdaderamente seamos protagonistas en una democracia participativa en la hora y escogencia de los candidatos para optar a las curules de la Asamblea Nacional; y me atrevo asegurarles la importancia de los partidos políticos del sector democrático en esta escogencia, pero sin tener por encima del interés del pueblo; el interés de los partidos políticos seleccionando los candidatos de las direcciones de de los partidos políticos, sin tomar en cuenta aquellos que no pertenecen a las direcciones políticas de estos; Municipales, Regionales o Nacionales. Sea cual sea el método a utilizar para esta escogencia; consenso, encuestas o primarias se debe dar ha todos igual participación sean estos dirigentes de la comunidades, vecinales, gremiales, profesionales, educadores, empresariales, campesinos, estudiantiles y los trabajadores quienes desde hace mucho tiempo no hemos tenido representación en ninguno de los cuerpos deliberantes del Poder Publico llámese este: Asamblea Nacional, Consejo Legislativo o Cámara Municipal. Quienes verdaderamente tengan liderazgo y aceptación de la población electoral.

Como perteneciente de un importante sector de trabajadores de la vida nacional como es el de los trabajadores de la Educación Superior de Venezuela. Propongo que en las postulaciones de los candidatos para diputados para la Asamblea Nacional deben postularse candidatos que representen en todos los estados del país a los trabajadores o sean miembros del sector sindical por lo menos uno por cada estado. Por la defensa de los interés de todos. Y verdaderamente tengamos un cambio en las estructuras del poder. Seleccionemos los mejores diputados a la Asamblea Nacional. Salvemos la democracia..

Ildemaro G. Cardozo G.

jueves, 5 de noviembre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

UCV
VAMOS TODOS A LA MARCHA: ¡EXIJAMOS EL CUMPLIMIENTO ÍNTEGRO DE NUESTRO CONTRATO COLECTIVO!
Correo Obrero (Obreros de la LTS e independientes)


¡Por un verdadero plan de lucha discutido por la base en asambleas y que unifique las acciones de todos los empleados/as y obreros/as en cada universidad y a nivel nacional!

¡Que nuestra lucha no sea utilizada para maniobras interburocráticas, ni para apoyar al gobierno ni tampoco para dar aliento a la oposición burguesa!

¡Plena independencia como clase para ir hasta el final en la lucha para que la crisis capitalista no la paguemos los trabajadores y el pueblo pobre!

Se nos ha convocado a una marcha este miércoles 21 de octubre por la Normativa Laboral. En teoría se trata de una marcha para reclamar por el cumplimiento de nuestro contrato colectivo de trabajo. No tenemos duda en que hay que participar de una movilización que esté convocada para tal fin, así como hemos estado en las más importantes acciones de lucha que los obreros afiliados al SUTRA-UCV hemos llevado a cabo en los últimos meses. Sin embargo, hay unas cuantas cosas que discutir y aclarar.

¿APOYO AL GOBIERNO Y A SU LEY?

En boca de sus convocantes, como el SINATRA-UCV, es también una marcha para “apoyar la nueva LOE” hecha por el gobierno. ¡Eso ya es otra cosa, que no tiene que ver con el contrato! Según dicen, es porque en la LOE se dice que los trabajadores universitarios debemos participar en el gobierno universitario. Eso es una verdad a medias. La LOE dice (Art. 34) que las universidades que sean autónomas –no todas– deberán “Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria”, dentro de la que se considera a los/as trabajadores/as.

De hecho este es el único avance serio en esa ley: concretar parcialmente lo que es una lucha de hace años de los trabajadores, como es considerarnos parte de la comunidad universitaria. Sin embargo: A) La Ley no dice que el gobierno universitario debe estar compuesto proporcionalmente a la cantidad de cada sector de la comunidad (estudiantes, profesores/as, trabajadores/as) y que, en caso de continuar la figura de Rector/a y el Cuerpo Rectoral (Secretaría y Vicerrectorados) este debe elegirse por voto universal (1 persona = 1 voto) de todos los miembros sin distinción, pudiendo cualquier miembro de la comunidad (sea profesor, trabajador o estudiante) no solo elegir sino también postularse para esos cargos. Eso sí sería romper seriamente con la opresión política que pesa sobre nosotros. Pero la Ley establece una generalidad que puede interpretarse de muchas maneras, no solo por las autoridades de las universidades autónomas sino por el propio gobierno, que en las universidades que controla mantiene exactamente la misma opresión política hacia los trabajadores, o peor aún, y por eso se cuida de dejar claro que este aspecto de la ley no aplica para todas las universidades. B) Pero por otro lado, si bien no está mal que se pueda usar tales frases de la Ley como un argumento más para reforzar la lucha contra el antidemocrático régimen de las universidades (¡de todas, incluidas las que dirige el gobierno!), eso no tiene porqué llevar a apoyar de cuajo esta Ley ni mucho menos a hacer aparecer este apoyo junto con la lucha por el contrato.

Es que lo anterior es solo es un aspecto muy parcial de la Ley, que de conjunto es una ley burguesa, porque al igual que la del puntofijismo quiere formar a los niños, niñas y adolescentes para el régimen de explotación del trabajo asalariado, sigue dejando casi intacta la educación privada (la educación como negocio), y además busca maniatar la libertad de organización y lucha de los trabajadores de la educación y los estudiantes: intenta usar a los Consejos Comunales para que “defiendan el derecho a la educación” contra a las luchas (paros, marchas) del sector educativo (Art. 18), busca imponer una organización estudiantil dirigida por el gobierno (Art. 21), penaliza las expresiones ideológicas contrarias a las de los partidos burgueses que dominen el Estado –sean los de hoy o los de la oposición que gobiernen luego– (Art. 12), busca suprimir las publicaciones que denuncien el orden de cosas actuales en el país, que demuestren la realidad de las situaciones de explotación (con la excusa de cuidar “la salud mental” de la población) y que cuestionen los propios contenidos de la educación burguesa que se imparte (Art. 9 y Disposiciones Transitorias).

Así que, ¿quién dijo que para luchar por nuestro contrato y contra el régimen antidemocrático de las universidades tenemos que apoyar esta ley que contiene gran cantidad de elementos que van en contra de nosotros mismos? Lo dicen los dirigentes sindicales afines al gobierno. Y aquí llegamos al otro asunto.

¿FURGÓN DE COLA DE LA CARRERA BUROCRÁTICA DE ALGUNOS DIRIGENTES?

Resulta que las movidas de “lucha” de varios dirigentes sindicales de estos últimos días han estado también en función de su pugna interburocrática con otros sindicalistas del gobierno. Concretamente, la pugna de varios dirigentes de sindicatos de empleados de universidades nacionales con FETRAUVE, y por eso han aprovechado la movida para armar una nueva Federación (¡otra más!), es decir, para hacerse de su aparato sindical nacional propio.

¿Acaso se trata de que quieran combatir el carácter burocrático y la falta de independencia política de FETRAUVE? Pues no. Es cierto que esta federación, al igual que la FENASTRAUV, se ha comportado de manera servil y sumisa ante el gobierno y específicamente el ministro de Educación Superior. Pero ¿acaso no es también una nueva burocracia la nueva federación, cuya creación no fue discutida ampliamente entre la base trabajadora en espacios democráticos? Más aún, entonces ¿por qué los que la formaron no llamaron a una batalla contra la burocracia de FETRAUVE movilizando a la base obrera y prefirieron armar su aparato propio? Otra cosa, ¿acaso que no son también subordinados al gobierno el grueso de los que impulsan la nueva federación?

El principal impulsor y referente es Eduardo Sánchez, presidente del SINATRA. ¿Y acaso no es el mismo que llamó “guarimbas” y “acciones desestabilizadoras” a algunas de las acciones de lucha que los obreros llevamos a cabo a mediados de año? ¿No es acaso su “Equipo 7” el que está de acuerdo con la medida “anticrisis” del gobierno de recortar el presupuesto público nacional, incluyendo el de la educación pública, porque supuestamente eso “es lógico” cuando baja el petróleo? Por supuesto, también le parecen “lógicas”, en esa lógica antiobrera y antipopular, otras medidas más “anticrisis” como el aumento del IVA en 33,3% (de 9 a 12 puntos), la represión a las luchas obreras contra los despidos (tanto en la empresa privada como en el sector público), mientras se sigue pagando religiosamente la deuda externa, a las transnacionales “expropiadas” y se endeuda al pueblo con la banca privada. ¿O no fue Eduardo Sánchez quien estuvo en los medios oficiales del gobierno y hasta en la OIT diciendo que era una falsedad que el gobierno estaba criminalizando y reprimiendo luchas obreras? ¿Y los 136 trabajadores con procesos judiciales encima por participar de luchas, señor Sánchez? ¿Y los dos obreros asesinados en la Mitsubishi por la policía de Tarek Willian Saab? ¿Y los 157 despidos que aprobó en la Mitsubishi el ministerio del Trabajo, incluyendo ¡todo el sindicato!, pasando por encima del fuero?

Por eso, no se trata de una alternativa democrática y de lucha con independencia de clase, sino un aparato más, que no solo le sirve de proyección a algunos vivos, sino además para la pugna interna entre el propio partido de gobierno. Y aquí vamos a lo siguiente.

¿LUCHAMOS CONTRA EL MINISTRO ACUÑA PERO NOS APOYAMOS EN LA MINISTRA IGLESIAS?

Es que la estrategia de Sánchez y otros dirigentes que le siguen es posar de “combativos” contra Acuña, pero conservando íntegramente su apoyo y sujeción al gobierno, apoyándose en otra ala del gobierno: la de la nefasta María Cristina Iglesias. Sánchez y otros se alegraron de que las negociaciones de la Normativa se pasaran directamente al MinTrabajo, incluso aluden una y otra vez que este ministerio está con ellos en su derecho a participar de la fulana “Comisión de Seguimiento del Contrato”.

Más claro no canta un gallo, Acuña y FETRAUVE y FENASTRAUV son una fracción del gobierno y se entienden muy bien, por eso lo dejan fuera a Sánchez y a otros sindicatos más. Pero Sánchez pretende contraponerse apoyándose en María Cristina, con quien mantiene buenas relaciones. ¡Pero resulta que es ese ministerio el que viene haciendo las peores jugadas para desarticular y derrotar las luchas obreras más firmes, como lo muestra el caso de la Mitsubishi, por solo mencionar uno!

¿DENUNCIAR AL MINISTRO DE EDUCACIÓN SUPERIOR ANTE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR?

Pero incluso son tan inconsecuentes que toda la marcha la pretenden conducir a la entrega de un documento denunciando al ministro de Educación Superior… ¡ante el Ministerio de Educación Superior! Es una ridiculez, entregarle a Acuña o a sus funcionarios subordinados la denuncia contra él mismo. Pero claro, también se le dirá que se lo apoya a él y al gobierno en lo que se refiere a la nueva LOE. ¿Qué avance con relación al cumplimiento íntegro de nuestro Contrato podremos obtener de esto? ¡Toda la fuerza de la movilización va a ser limitada a esa “jugada” de la burocracia sindical!

¡POR UN VERDADERO PLAN DE LUCHA Y MOVILIZACIÓN UNITARIA Y COMBATIVA A NIVEL NACIONAL!

Al tiempo que nos movilizamos, es más que claro que los trabajadores, empleados/as y obreros/as, debemos dotarnos de un verdadero Plan de Lucha, que vaya más allá de los teatros y movilizaciones “demostrativas” que pretenden quienes hoy dirigen los sindicatos. La razón de fondo es que temen desatar un gran movimiento nacional que se enfrente al gobierno y con la fuerza de la movilización o las huelgas le tuerza el brazo para que cumpla con nuestros derechos.

Pero todo indica, desde hace meses, como lo hemos dicho, que solo una lucha así garantiza el triunfo. Por eso llamamos a nuestros compañeros a impulsar en cada lugar de trabajo asambleas de base, unificando a empleados y obreros, para discutir la situación y las medidas necesarias, y que los mandatos de estas asambleas sean los que dicten la pauta a los sindicatos, teniendo a las asambleas locales y generales como máxima instancia de decisión y autoridad de la lucha. Esto en la perspectiva de verdaderos paros nacionales escalonados que apunten hacia el paro general indefinido si continúa la intransigencia del gobierno de no cumplir con los derechos de los/as trabajadores/as y nuestras familias.

Correo Obrero

Obreros de la LTS e independientes

domingo, 1 de noviembre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

REPRIMEN LA PROTESTA Y LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LOS TRABAJADORES EN VENEZUELA.

Efectivos militares detuvieron en horas de la madrugada como es la practica rutinaria del régimen a huelguistas de la Zona Educativa del Estado Zulia.

En las tinieblas de la noche a las 3:00 de la madrugada del sábado, un contingente de efectivos militares procedió a detener al grupo de trabajadores que se encontraba en huelga de hambre desde el pasado miércoles en la Zona Educativa del Zulia exigiendo su contratación; derechos garantizados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los Artículos siguientes: Artículo 93. La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constitución son nulos. Artículo 94. La ley determinará la responsabilidad que corresponda a la persona natural o jurídica en cuyo provecho se presta el servicio mediante intermediario o contratista, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de éstos. El Estado establecerá, a través del órgano competente, la responsabilidad que corresponda a los patronos o patronas en general, en caso de simulación o fraude, con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral. Artículo 96. Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales. Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras, activos y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad.

Las personas detenidas por estar ejerciendo un derecho Constitucional y Legal fueron trasladadas al destacamento de la GN en Maracaibo; y podrían ser presentadas en Fiscalía. Los manifestantes reclaman su contratación tras haber prestado servicio por más de tres años en escuelas nacionales y no haber percibido ningún sueldo, según denunciaban. La mayoría proviene del Municipio Machiques aunque luego se fueron sumando personas de los Municipios Maracaibo y San Francisco. Quienes deberían ser detenido y puesto a la orden de la fiscalía son los que dieron la orden de reprimir una protesta garantizada en la Constitución y la Ley Orgánica del Trabajo. Que se olvidan del juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Leyes de la República.

Gobierno anti democrático que violenta el fundamento de las leyes y el Estado de Derecho. Es un gobierno inconstitucional, represivo; y totalitario.

Ildemaro G Cardozo G.

jueves, 15 de octubre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

PROTESTA EN CARACAS EN LA VICE PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA ASAMBLEA NACIONAL; EXIGIENDO EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL DE LOS OBREROS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR. DE VENEZUELA.


Esta normativa laboral acordada por los Ministros del Poder Popular para la Educación Superior y el Ministro del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social y los miembros del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Sindicatos de los Trabajadores de la Universidades de Venezuela (FENASTRAUV); el 28 de octubre de 2008; y homologada el 28 de abril de 2009. El próximo 28 del corriente mes se cumple un año de haberse acordado. Homologación ordenada por el presidente de la República con bombos y platillos nada más y nada menos que en cadena nacional de radio y televisión. Esta Convención Colectiva contentiva de 70 cláusulas; y hasta el día de hoy solo se han aplicado efectivamente 4 cláusulas. Bono familiar para el personal de obreros jubilados, pensionados; y sobrevivientes. prima por hogar, prima para los obreros profesionales; el 30% de aumento de salario que es el mismo aumento de salario mínimo decretado el año pasado, aplicándole este a un personal que tenia la convención colectiva con mas de diez años vencida; y a la fecha le deben el retroactivo de 9 meses mas bono vacacional del año pasado; y la respuesta que da el gobierno nacional á través de sus voceros, es que esos recursos están solicitados en un crédito adicional en la asamblea nacional para proceder a su cancelación con bonos. Este contrato colectivo cumplió con todos lo exigido por las leyes. Ahora se ha procedido a nombrar la comisión paritaria en cada una de las instituciones según la clàusula 50 de la Normativa Laboral que es importante señalar para el mejor conocimiento de Autoridades, Gerentes de Recursos Humanos, Administradores etc. La misma dice textualmente lo siguiente: COMISION PARITARIA. Las partes acuerdan, la constitución de una (01) Comisión Paritaria en las Instituciones, con una representación no menor de tres (03) miembros por cada parte, con la finalidad de Evaluar las condiciones de contratación del personal perteneciente a organizaciones externas, publicas o privadas, para ejecutar tareas similares ha las contempladas en el manual descriptivo de clases de cargos para los trabajadores obreros (as) que laboran en las instituciones. ASÍ COMO IMPEDIR LA SIMULACION EN LAS CONTRATACIONES DE TRABAJADORES OBREROS (AS) A TRAVES DE EMPRESAS RENTALES, PRIVADAS Y FUNDACIONES. Si algun reconocimiento debemos hacerle a los negociadores de esta normativa laboral es precisamente el haber hecho justicia con estos trabajadores a quienes no se les reconocen los beneficios contemplados en la contratación colectiva. También fueron incluidos en la clàusula 1. Definiciones: aparte M. BENEFICIARIOS DE LA REUNIÓN NORMATIVA LABORAL: y la clàusula 18. DERECHO PREFERENTE AL CARGO. La contratación colectiva es de obligatorio cumplimiento para las partes; y la Ley Orgánica del Trabajo establece el mecanismo para que esta se haga efectiva. Eso si dejando de lado los intereses y consignas partidistas y encausar la lucha dentro de la Ley Orgánica del Trabajo que en su;
Artículo 475. Dice textualmente: El procedimiento conflictivo comenzará con la presentación de un pliego de peticiones en el cual el sindicato expondrá sus planteamientos para que el patrono tome o deje de tomar ciertas medidas relativas a las condiciones de trabajo; para que se celebre una convención colectiva o se dé cumplimiento a la que se tiene pactada.

La Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de las Universidades de Venezuela (FENASTRAUV) debe introducir el pliego de carácter conflictivo en la inspectoria Nacional del Trabajo para exigir el cumplimiento inmediato de la Convención Colectiva Nacional; y en caso negativo las directivas de los Sindicatos Afiliados deben Convocar las Asambleas Generales, para que estas decidan apegados a los Estatutos, Ley Orgánica del Trabajo; y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las Acciones que se deben tomar para que el Gobierno Nacional cumpla con la obligación que tiene con los trabajadores Universitarios de País.

Ildemaro G Cardozo G.


miércoles, 14 de octubre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.


SINDICALISMO LIBRE, AUTONOMO E INDEPENDIENTE ES NECESARIO.

Un hecho histórico en el movimiento sindical venezolano fue la elección de la directiva de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo. Histórico por varias razones; se trata del sector sindical de la más importante industria venezolana; el proceso fue secuestrado por el presidente y demás gerentes de la empresa, los alcaldes de los municipios petroleros y el partido socialista unido de Venezuela, más el amedrentamiento a los trabajadores con amenazas de despido y compra de votos con favores del Gobierno Nacional, Regional y Municipal; y la participación del CNE, organismo parcializado con la corriente política del Ejecutivo Nacional. Violando los Convenios de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) Números; 87, 98, 111.

Históricamente, el movimiento petrolero sindical tiene una tradición de lucha que se inicia en 1936, y desde entonces ha sufrido dos ilegalizaciones por gobiernos déspotas y se ha dividido varias veces cuando se desconocen los resultados electorales por estos gobiernos dictadores que no reconocen que la organización sindical es plural, autónoma y libre de patronos, gobiernos y partidos políticos.

Importante: es la tarea que se le presenta al nuevo equipo de dirección, junto a los compromisos para discutir el contrato colectivo de trabajo, que es el instrumento reivindicativo excelente de la clase trabajadora conquistado por sus luchas históricas, políticas y democráticas para mejorar las condiciones de vida del trabajador y su núcleo familiar. Manteniendo la pluralidad y la unidad para el fortalecimiento de la organización y la empresa para enfrentar los retos a los cuales en el futuro debemos dar respuestas.

Hoy es oportuno recordar a tres de los principales pioneros en la creación de los sindicatos plurales en el sector petrolero, como fueron Valmore Rodríguez (PDN-AD), Rodolfo Quintero (PCV), y Manuel Taborda (URD); quienes lo hicieron en condiciones de persecución. En tan precaria situación, el 10 de octubre de 1936; fue posible crear la Unión Sindical Petrolera en Zulia, y a fines de ese año (14 de diciembre) declararon una huelga contra las condiciones inhumanas de trabajo y de vida en las compañías transnacionales. Nunca una huelga había durado tanto en Venezuela ni ha recibido la solidaridad nacional que entonces se manifestó, hasta que el presidente López Contreras la suspendió el 22 de enero de 1.937. Empezó la primera gran represión. En junio de 1946 existe la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros, donde por poco tiempo coexisten adecos, comunistas y uredistas, y en cuya directiva estuvieron Luis Tovar (AD), Jesús Farías (PCV), y Manuel Taborda (URD), pero fue ilegalizada en febrero de 1949, poco después del derrocamiento del presidente Rómulo Gallegos el (24/11/1.948). Aun en esas condiciones, en mayo de 1950 tuvieron fuerzas para llamar a una huelga de inocultable intención política, perseguida brutalmente por la Guardia Nacional y el Ejército; todos los sindicatos del ramo fueron disueltos y sus líderes presos y perseguidos. Nueva ola represiva. Derrocada la dictadura, la historia está más fresca. Se reorganizaron los sindicatos y Fedepetrol, que se dividió en 1961; apareció Fetrahidrocarburos, que inicialmente agrupó sindicalistas de URD y del PCV. Con el tiempo, bajo el absoluto control de AD, devino en un aparato burocrático, con todos los vicios del sindicalismo contemporáneo y notorios elementos de corrupción. La hegemonía en el la organización sindical es contraria a los interés colectivos de los trabajadores. SINDICATOS PLURALES ES LA FUERZA UNITARIA DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PARA LA CONQUISTA DEL FUTURO.

Ildemaro G Cardozo G.

lunes, 5 de octubre de 2009

A QUIEN PUEDA INTERESAR.

EN LAS ELECCIONES DE LA FEDERACIÓN DE LOS TRABAJADORES PETROLEROS HUBO DE TODO DERROCHE, AMEDENTRAMIENTO; Y VIOLACIÓN A LOS DERECHOS SINDICALES GARANTIZADOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LOS ACUERDOS INTERNACIONALES DE LA (OIT).

Aunque con muchos tropiezos, debemos reconocer la participación masiva de los trabajadores petroleros en las elecciones sindicales. Intervención de los altos gerentes y presidente de la empresa inclusive con amenazas a los trabajadores de despedirlos y expropiación de empresas contratistas le opaca el brillo y la transparencia que esta pudieran haber tenido y por supuesto su legitimidad. Los “niveles de injerencia” a mi juicio, que se presentaron en dichas elecciones fue tan grave que amerita la intervención de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En estas elecciones hubo niveles de injerencia como nunca vistos en la historia sindical en Venezuela no solo hubo la injerencia patronal, también la de los partidos de gobierno y los Alcaldes y Gobernadores de los estados y municipios petroleros en todo el territorio nacional. Como en ningún proceso electoral sindical. Toda la logística de PDVSA fue usada a favor de los candidatos del oficialismo y por supuesto de la plancha que salió ganadora.

Son sumamente preocupante, las declaraciones dadas a los medios de comunicación nacional. Por el recién electo presidente de la (FUTPV). Wills Rangel en las que manifestó que este era un triunfo del presidente Chávez del (PSUV), Y DEL SOCIALISMO DEL SIGLO XXI, en ningún momento mostro su alegría y propósito; que este era una victoria de la clase trabajadora petrolera. Con estas declaraciones por parte del presidente electo de la Federación tenemos que vislumbrar un futuro oscuro para los trabajadores petroleros de todas manera esperemos el desarrollo de los acontecimientos por el bien de los trabajadores y la PATRIA.

Ildemaro G. Cardozo G.